HOla, tengo un cliente que tiene un empleado con fecha de ingreso en mayo 2007, ley de la construcción, y en julio mismo año denunció que le duele la cintura, diagnóstico lumbo siatalgia, redondeando desde entonces está sin trabajar, aduciendo dolor. La pregunta es, puedo aplicar en forma supletoria la 20.744? en relación a enfermedad inculpable? ya pasó el año, qué debo hacer? intimarlo a que retome tareas y si no puede, reservarle el puesto? es así? gracias.