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  • Inhibicion General de Bienes

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 #201219  por chenzof
 
Hola a todos!
Inicié un ejecutivo y me autorizaron la inhibición general de bienes del demandado. El juzgado y el demandado están en la Ciudad de Buenos Aires. ¿Lo hago por oficio? ¿En donde se presenta (quiero trabar mas que nada para Capital y Prov. de Bs. As.? Por último, si alguno tiene un modelo me ayudaría ¡¡¡muchisimo!!!
¡¡¡Muchas gracias!!!
¡Saludos!

 #201249  por Dr. 8
 
Querido, la inhibición se traba por oficio!!! Si es en otra jurisdicción debe echar mano de lo dispuesto por la Ley 22.172.

 #204807  por fernando83
 
Chenzof, seguramente en el auto que decreta la inhibición gral. de bienes ordena librar los correspondientes oficios. Si querés trabarlo sólo en cap. y prov. de buenos aires, hacé oficios a los Registros de la Propiedad Inmueble de la CABA y otro al de prov.... y además otro al Banco Central... todos son firmados por el secretario, con transcripción del auto.
Chau, saludos

 #204905  por chenzof
 
Dr.8 y Fernando83 mil gracias por las respuestas!!!

Haré lo que me dijeron, me ayudaron mucho!

SALUDOS Y GRACIAS NUEVAMENTE!

 #210944  por LorenaM2008
 
Se libran las piezas de estilo... si el juzgado es de la jurisdiccion de provincia de bs as... va por oficio al registro de la prop inmueble de la prov de bs as (La Plata) y por testimonio ley 22172 al de capital federal... o viceversa.
De una jurisdicción a otra va por testimonio ley 22172... si necesitas modelos avisa.
Besos

 #211379  por chenzof
 
¡Hola! Gracias nuevamente por las respuestas. Está en Capital el Juzgado.
Te comento algo que me paso...
Ya presenté unos oficios, pero me los observaron (sólo me pusieron "obs") y no se bien los motivos.
Quería presentar tener los oficios antes de la feria, así les trababa la medida cautelar, y los presenté primero antes de los mandamientos de intimación de pago.
¿¿¿Puede ser ese el motivo de que me los hayan observado???
Gracias por la ayuda.
Saludos.

 #212238  por natyperez
 
Hola
El que hayas presentado primero los oficios (antes que los mandamientos) no debería ser el motivo de observación, ya que es lógico que hagas eso. Primero trabar la medida y luego notificar la intimación de pago. Gralmente. los oficios te los pueden observar porque cambió el secretario o el juez y no actualizaste el nombre, o está mal algún otro dato, si es que no te dicen el motivo en el oficio observado, yo te aconsejaría hablar con la persona que confronta (en el juzgado) y preguntarle a ella el motivo de la observación, así lo volves a hacer bien.
Saludos y suerte.
 #212815  por estudiopw
 
En un comentario se indica que hay que oficiar al BCRA sobre la inhibición general, lo que algunos Juzgados admiten y otros no. Si bien se puede informar al BCRA para que tome razón de la inhibición general de bienes, esa no es función ni del Banco ni de la medida. De hecho no conozco la existencia de normativa del BCRA sobre dichos informes.

Fernando R. Pietragalli
http://www.estudiopw.es.tl
 #248663  por estrellita
 
Hola a todos!! Les cuento, hoy me hicieron una consulta sobre este tema, que paso a comentarles para ver si me pueden dar una mano. Mi cliente tenia una deuda con una Caja de un colegio de profesionales, y le decretan una inhibición, frente a ello mi cliente paga en el mes de agosto y le dicen q el levantamiento de la medida sería en 15 dias (contados a partir del pago). Hoy fue a escriturar un inmueble y se encontró con que no le habían levantado la inhibición, y le volvieron a decir que en 15 días mas ya estará levantada y podrá escriturar. Cómo abogada, como podría apurar ese trámite?? Mi cliente nunca fue notificado de nada, de ningun juicio ni de ninguna medida, por lo tanto no sabe nada... ni tiene ningun dato. Solo tengo el tel del abogado de la caja. Gracias a los que puedan darme una mano!!! SALUDOS.-