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  • Notificacion por cedula de honorarios, 10 diaz habiles??

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #207935  por angielica
 
hola, disculpen la preguntonta, pero son diez días hábiles los que tiene el notificado para pagar los honorarios??. y si no me pagan intimo pago por tres días, bajo apercibimiento de embargo de sueldo ?? gracias por los aportes..besos, el primero que no me paga jaja... :oops:

 #210664  por diegogvillamayor
 
hola, los si no te pago en los 10 dias inicias la ejecucion de honorarios directamente, es como un ejecutivo, iniciala pidiendo el correspondiente embargo.

saludos

 #210752  por maria lujan
 
y si no trabaja en relación de dependencia? que medida cautelar se toma? gracias.

 #211060  por diegogvillamayor
 
hola, no se que tiene, podes embargar, inhibir, pedir perito recaudador, alguna de las que estan en el CPCC.
tenes que ver que tiene, o de que trabaja.

saludos.

 #211185  por maria lujan
 
gracias diego, tiene una casa a su nombre, un autito viejito y trabaja en forma independiente.
 #211255  por angielica
 
hola diego , gracias por contestarme, entonces vencido el plazo inicio ejecucion pidiendo embargo de sueldo, trabaja en blanco, al menos cuando era cliente mio, renuncie a su representación. un beso y gracias totales por responderme. :P