SE CERRO SECLO, LA CONCILIACION SE NOTIFICO EN EL DOMICILIO LEGAL DE LA S.A., 1. SE PRESENTO EL APODERADO DE LA S.A. 2. CUANDO SE PRESENTO CONSTITUYO DOMICILIO LEGAL EN EL ESTUDIO DEL ABOGADO PATROCINANTE ¿DONDE TENGO QUE NOTIFICAR LA DEMANDA EN EL 1 O EN EL 2?
EN UN TEMA DE SUCECIÓN AB-INTESTATO, ¿TENGO UN PODER GENERAL PARA ASUNTOS JUDICIALES, ME SIRVE PARA TRÁMITAR EL JUICIO? YO TENGO ENTENDIDO QUE NECESITO UN PODER ESPECIAL, PERO TENGO DUDAS.
DESDE YA ESTOY MUY AGRADECIDOS POR SUS RECOMENDACIONES!
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