Hola, solicito ayuda urgente: un cliente vendió su propiedad y cuando el escribano interviniente observó la escritura, lo que tenía en realidad no era una escritura traslativa de dominio sino una escritura por una cesión de derechos heriditarios. Cuando investigo el tema observo que el inmueble nunca tuvo escritura de dominio sino un boleto de compra venta, lo que sucedió fue que la heredera del titular del boleto, cedió sus derechos hereditarios al adquirente del inmueble, no realizando jamás la escritura traslativa de dominio correspondiente. Ahora bien, la escribana le dijo que tiene que hacer una tracto abreviado, aqui surge mi duda: Al ser primera escritura, pienso que solamente podrá intervenir el escribano de la empresa constructora y que efectivamente se podría realizar mediante tracto abreviado en el sucesorio, acompañando la correspondiente cesión. Si alguien tiene idea sobre como se podría solucionar esta situación lo mas rápido posible les pido me lo haga saber(si se demora mucho el trámite podría perder al comprador del inmueble..), . Desde ya muchas gracias, saludos.