Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Comprobante por alquiler comercial

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #206554  por LR74
 
Hola !

tengo una confusión con los comprobantes de un alquiler comercial:

el alquiler es de más de $1500, y la locadora es monotributista ( su actividad principal no es la inmobiliaria)
La pregunta es tiene que darle a inquilino un recibo de monotributista? o si, sí o sí, debe inscribirse como responsable ante IVA, y darle una factura como corresponde?
Hasta el momento le da al inquilino recibos sin ninguna de estas formalidades, y quiere regularizarlo.

Gracias desde ya

 #206728  por Reynaldo
 
Debe darle la correspondiente factura como monotributista.

Que tenga en cuenta que cada alquiler se considera como una unidad de explotación, la que se suma con su actividad comercial. Así que si se pasa de 3 unidades, queda excluida del régimen.

Saludos!

 #209243  por malae
 
Es correcto lo que te comentó Reynaldo.

Saludos!

 #211937  por GALLEGO22
 
Si el alquiler es comercial y de más de $1500.- se tiene que inscribir en el IVA porque no encuadra en la definición de pequeño contribuyente.

Deberá otorgar facturas o recibos A o M o A con leyenda.

 #212781  por cecilias
 
Galle
Ley:
a) Que por locaciones y/o prestaciones de servicios hayan obtenido en el año calendario inmediato anterior al período fiscal de que se trata, ingresos brutos inferiores o iguales al importe de pesos setenta y dos mil ($ 72.000).


Decreto Reglamentario:
Artículo 5º: Las locaciones de bienes muebles e inmuebles se encuentran comprendidas en el inciso a) del artículo 2º del "Anexo".

Un alquiler de mas de $1500 no esta exento en IVA, pero eso no obsta a que se pueda incluir como Pequeño Contribuyente en el Regimen Simplificado...
No es asi??? Por favor si estoy equivocada decime...

 #212982  por Reynaldo
 
Un alquiler de mas de $1500 no esta exento en IVA, pero eso no obsta a que se pueda incluir como Pequeño Contribuyente en el Regimen Simplificado...
No es asi??? Por favor si estoy equivocada decime...
Tal cual. De la misma forma que la venta de cosas muebles está gravada en IVA, también está incluida en el Monotributo.

Mientras no superes las 3 unidades de explotación ni los parámetros máximos, tranquilamente podés facturar esa locación con comprobante C de monotributista.

 #215273  por GALLEGO22
 
Cecilia:

Es como vos decís y el colega siguiente reafirma.

Pero en realidad es en virtud de un exceso reglamentario.

La ley dice: Art. 2 - A los fines de lo dispuesto en este régimen, se consideran pequeños contribuyentes las personas físicas que realicen venta de cosas muebles, obras, locaciones y/o prestaciones de servicios, (el destacado no es del texto original) .

Ergo no dás con la actividad planteada en la definición legal porque locación de inmueble y locación de servicios son dos cosas distintas.

Pero el decreto interpretó allá por el 2004, que donde dice blanco debe leerse gris y entonces se puede.

Un saludo,