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  • credito fiscal y de bito fiscal

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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #215043  por AGUEDA
 
Hola: alguien seria tan amable, o aunque no sea me podria facilitar el concepto y podre entender la dif entre credito fiscal y debito fiscal... NO LO ENTIENDO. por favor¡¡¡¡

 #215068  por poorlaw
 
Hola AGUEDA:

Esta es una respuesta limitada al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El concepto de débito fiscal se halla definido en el art. 11 de la LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (Nº 23.349), TEXTO ORDENADO EN 1997 según decreto 280/97. El de crédito fiscal se encuentra en el art. 12.

http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm

Sin embargo, la diferencia aritmética entre los dos no constituye, técnicamente, la base imponible, sino que arroja como resultado directamente el monto de la obligación impositiva. En el caso en el cual el débito fiscal sea inferior al crédito, el resultado será un saldo a favor del contribuyente (Dino Jarach, "Finanzas Públicas y Derecho Tributario, Ed. Cangallo, 1985, pág. 848).

Esperemos la opinión de algún Contador Público Nacional, que la tienen más clara.

Saludos!

 #215193  por Emilianolaplata
 
debito fiscal son as deudas fiscales que tenes! es t pasivo fiscal... el dinero que debes por el pago de impuestos...
credito fiscal es todo lo contrario, es el saldo a favor que tenes a tu favor ya sea por haber pagado de mas algun impuesto porque hayas ganado alguna demanda ante la adm tributario y te hayan compensado o por los saldos a foavre de ingresos brutos, etc

 #215335  por AGUEDA
 
poorlaw escribió:Hola AGUEDA:

Esta es una respuesta limitada al Impuesto al Valor Agregado (IVA).

El concepto de débito fiscal se halla definido en el art. 11 de la LEY DE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (Nº 23.349), TEXTO ORDENADO EN 1997 según decreto 280/97. El de crédito fiscal se encuentra en el art. 12.

http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm

Sin embargo, la diferencia aritmética entre los dos no constituye, técnicamente, la base imponible, sino que arroja como resultado directamente el monto de la obligación impositiva. En el caso en el cual el débito fiscal sea inferior al crédito, el resultado será un saldo a favor del contribuyente (Dino Jarach, "Finanzas Públicas y Derecho Tributario, Ed. Cangallo, 1985, pág. 848).

Esperemos la opinión de algún Contador Público Nacional, que la tienen más clara.
Igual me sirvio, ya entiendo algo mas, que Villegas; Muchas gracias
Saludos!

 #215338  por AGUEDA
 
Emilianolaplata escribió:debito fiscal son as deudas fiscales que tenes! es t pasivo fiscal... el dinero que debes por el pago de impuestos...
credito fiscal es todo lo contrario, es el saldo a favor que tenes a tu favor ya sea por haber pagado de mas algun impuesto porque hayas ganado alguna demanda ante la adm tributario y te hayan compensado o por los saldos a foavre de ingresos brutos, etc
ok, muchas gracias,mas aclarado el tema. Villegas me estaba dejando sin burbujas en el sifon¡¡¡

 #216060  por cecilias
 
Agueda:
A grandes rasgos...
Credito fiscal: El IVA que pagas cuando compras la mercaderia y haces gastos para tu negocio.
Debito fiscal: Surge del IVA que les cobras a tus clientes cuando les vendes la mercaderia.
A fin de mes, tenes que ver la diferencia entre el IVA que cobraste y el IVA que pagaste, y de ahi determinas si tenes Saldo a pagar a la Afip o saldo a favor
Un kiosquero compra alfajores a su proveedor para poder revenderlos. El costo de esos alfajores es de $1 por cada alfajor. Entonces el proveedor te cobra $1 + 21% de IVA = $1,21
El kiosquero quiere remarcar el 50% sobre el valor de costo, entonces lo vende a $1,50 + IVA (El 50% se calcula sobre $1)
Cuando a sus clientes lo venda tendra que cobrar $1,50 + 21% de IVA= $ 1,82 precio final

Entonces a fin de mes sacas esta cuenta

Credito fiscal = $ 0,21 (lo que le pago por IVA a su proveedor)
Debito fiscal = $0,32 (lo que le cobro a su cliente por IVA)
Como cobro mas de lo que pago, debe depositar esa diferencia a la AFIP
Saldo a pagar: $0,32 - $0,21= $0,11

Espero haberte podido ayudar... Suerte!!

 #216179  por AGUEDA
 
cecilias escribió:Agueda:
A grandes rasgos...
Credito fiscal: El IVA que pagas cuando compras la mercaderia y haces gastos para tu negocio.
Debito fiscal: Surge del IVA que les cobras a tus clientes cuando les vendes la mercaderia.
A fin de mes, tenes que ver la diferencia entre el IVA que cobraste y el IVA que pagaste, y de ahi determinas si tenes Saldo a pagar a la Afip o saldo a favor
Un kiosquero compra alfajores a su proveedor para poder revenderlos. El costo de esos alfajores es de $1 por cada alfajor. Entonces el proveedor te cobra $1 + 21% de IVA = $1,21
El kiosquero quiere remarcar el 50% sobre el valor de costo, entonces lo vende a $1,50 + IVA (El 50% se calcula sobre $1)
Cuando a sus clientes lo venda tendra que cobrar $1,50 + 21% de IVA= $ 1,82 precio final

Entonces a fin de mes sacas esta cuenta

Credito fiscal = $ 0,21 (lo que le pago por IVA a su proveedor)
Debito fiscal = $0,32 (lo que le cobro a su cliente por IVA)
Como cobro mas de lo que pago, debe depositar esa diferencia a la AFIP
Saldo a pagar: $0,32 - $0,21= $0,11

Espero haberte podido ayudar... Suerte!!
Si Ce, muchas gracias,ya si no lo entendí asi es por que no me queda una burbuja en el sifón.,
Gracias totales¡¡¡ jaja

Besos