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 #215428  por ired
 
Un club deportivo encarga a un electricista una serie de de trabajos en su sede (todo es verbal no hay nada por escrito.)- Estos trabajos le iban a llevar unos 5 días.- Al tercer día ésta persona se cae de una escalera y se quiebra una pierna.-
Actualmente pretende que además de los gastos médicos, se le abone una inmdenización, ya que la pierna no le va a quedar muy bien.-
Esta persona si bien realiza trabajos en otro lugares, no está inscripta como monotributista, no tiene obra social, no tiene seguro.-

¿hay responsabilidad del Club? (la escalera estaba en perfecto estado, el accidente se debió a que el electricista simplemente se cayó)

 #215461  por Taneyev
 
Inició alguna acción o solo mandó CD?. Lo encara como accidente de
trabajo o por acción civil?

 #215532  por LUHER
 
ired: Si, hay resonsabilidad del club.
Le corresponde al club exigir, todos esos requisitos que vos enumeras, y que no tiene este electricista, antes de contratarlo. O el club le tendria que haber contratado un seguro para evitar lo que se le viene.
La accion que inicie prosperaria, tanto una accion civil por los daños y perjuicios, como una accion laboral. Suerte Luhermdq

 #215663  por Taneyev
 
Permitanme discrepar. En una acción civil, el hombre tendrá que
demostrar que hubo culpa por parte del empleador. No haberlo
asegurado,o inscripto o cumplido los recaudos laborables exigibles,
lo responsabilizan como empleador ante una demanda laboral. Pero
en una acción civil, si no demuestra que la escalera estaba en mal
estado,o que hubo de alguna forma negligencia o dolo por parte
del dueño, no creo que pueda prosperar.

 #215665  por Taneyev
 
Permitanme discrepar. En una acción civil, el hombre tendrá que
demostrar que hubo culpa por parte del empleador. No haberlo
asegurado,o inscripto o cumplido los recaudos laborables exigibles,
lo responsabilizan como empleador ante una demanda laboral. Pero
en una acción civil, si no demuestra que la escalera estaba en mal
estado,o que hubo de alguna forma negligencia o dolo por parte
del dueño, no creo que pueda prosperar.

 #216209  por ired
 
Hasta ahora solo es un reclamo verbal.- LUHER me podrías decir de donde surge la obligación para el club de controlar todos esos requisitos?
Sus repuestas me dejan muchas dudas.- ¿Es el club el que tiene la obligación de contratarle un seguro? ¿de donde surge ésto?
A mi me cuesta ver una relación laboral aqui, ya que esta persona realiza su trabajo en diversos lugares de la localidad, es un conocido electricista, toda la población sabe que no es empleado del club, si no que es una persona que trabaja por cuenta propia.-
El club lo contrató para unos areglos específicos, no hay una continuidad en la relación.-

 #216223  por Taneyev
 
Si fuera abogado del club, y estuviera muy seguro de que la
escalera no tenía ningún problema y de que el hombre cayó
por accidente o por su negligencia (en especial si hubo testigos),
no aceptaría reclamos. Una acción laboral es más que dudosa,y
una demanda civil que no pueda demostrar culpa o dolo de algún
empleado o autoridad del club, vá a fracasar EMO.

 #216247  por Sailaw
 
Surge del 1113 CC. responsabilidad objetiva, y el club es responsable, salvo que demuestre que son hechos de tercero de los cuales no responde, pero en el caso me parece dificil, porque eran trabajos para el club y en la sede del club, sería un picnic para el letrado de la Actora en un juicio.

Y yo de ser letrado de la Actora, lo encararía desde el punto de vista civil, porque no existe indemnización tarifada como en el caso laboral, y responde incluso hasta por agravio moral.

Si el club no se tomó el trabajo de exigir seguro, ni constancia de pago de monotributo o cosa semejante, es responsable sin duda alguna

 #216298  por LUHER
 
ired: a la respuesta........, se me adelanto el maestro Sailaw.
Sigo manteniendo lo que te dije en el mensaje anterior, y coincido plenamente, con lo que expone Sailaw respecto de la accion civil.
Obvio que vos al estar del lado del club te convendria la accion en el fuero laboral, si yo estoy en tu lugar, seguro que sentaria a los mienbros del club, le explicaria la situacion, y trataria de llegar a un arreglo extraj con el electricista. Suerte Luher mdq

 #216399  por Taneyev
 
Me mandé una larga disquisición sobre el tema de la responsabilidad,
pero la escribí en el tema del tipo que se lesionó con la moto (parece
que el Sr.Alzheimer me está persiguiendo). Solicito a V.S.se sirva
disculpar el error, y "brevitatis causae", tenerla por reproducida en
este tópico,sin costas.

 #216624  por ired
 
Taneyev puso en otro asunto" No estoy seguro de que se trate de un caso de resp,.objetiva. Para
ello, el hombre deberá demostrar 1) que la escalera era propiedad
del club y 2) que presentaba vicios de fabricación y/o mantenimiento
y/o que su estructura y conformación la hacían un objeto riesgoso.
El hombre cayó solo, de modo que el club alegará que el hecho
ocurrió por culpa exclusiva de la víctima y que por ello no debe
responder. Por otra parte, habría que determinar si el hombre
realizaba habitualmente trabajos que requerían treparse a una
escalera, y si estaba acostumbrado a usarlas. Si era así e igual
se cayó, hay una presunción de negligencia o distracción de su
parte,salvo que se prueben deficencias en la escalera. Y si no
era así, la presunción de su culpa o negligencia se acrecienta.
EMO la cosa no es tan sencilla, y no me parece que el caso
sea un cheque en blanco para la actora. Si me dieran la defensa,
te aseguro que se lo haría bastante complicado.

 #216629  por ired
 
Copié y pegé lo de taneyev para que quede en el mismo asunto.-
Sailaw, lo estoy estudiando por el 1113.- Me parece que por ese lado es por donde efectivamente lo pueden enganchar al club argumentando que la escalera es una cosa riesgosa.-

Taneyev, así que parezco un emo... ja, ja.-

 #216657  por Taneyev
 
Come on,my dear, You should know already that "EMO" means
En Mi Opinión :wink:

 #216869  por ired
 
Pensé que era por que dudaba, eso me pasa por ver mucho Capusotto