Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consulta deuda ARBA !!!!!!!!!

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #202782  por MONICA.L
 
Hola a todos! Los molesto por lo siguiente a ver si pueden darme una ayudita. A un fliar le embargaron las cuentas bancarias por un título ejecutivo originado por deudas de IIBB. Pero además de ese título ejecutivo tiene una deuda de un importe considerable por no haber presentado las DDJJ desde el 2004 a la fecha. El error de mi fliar fue haber vendido el local y no darse de baja en IIBB. Mi consulta es: puede pedir la baja retroactiva demostrando que no tiene movimientos en AFIP desde el 2001??? De no ser posible, además de pagar las multas correspondientes debo presentar todas las DDJJ sin movimientos desde el 2004 a la fecha???
Gracias por su ayuda

 #204173  por cecilias
 
Buenas tardes Monica. Te cuento que las bajas de ingresos brutos en Provincia de Buenos Aires se tramitan por internet y para ello el sistema verifica que el contribuyente tenga todas sus presentaciones realizadas. Por lo tanto lo que deberia hacerse es presentar las declaraciones juradas faltantes y en el caso de no haber tenido actividad las mismas se presentaran en cero, con lo cual no le corresponderia pagar impuesto. Seguramente al consultar el aviso de deuda en la pagina de arba lo que hacen es estimar un impuesto similar al ultimo periodo declarado para todos aquellos periodos en los que no se ha cumplido con la presentacion.
Una vez que cumplas con las presentaciones en cero es muy probable que se recalcule la deuda y esta baje. Sin embargo habra algun importe que se cobrara igual como recargo por presentacion fuera de termino (multa)
Igualmente hoy ARBA esta otorgando las bajas en ingresos brutos aun con deuda, lo que te permite no acumular mas deuda (antes exigia estar libre de deudas)
Espero haberte ayudado en algo... Saludos,

 #204741  por MONICA.L
 
Cecilia, muchas gracias por tu respuesta. Me fue de muchísima ayuda, voy a preparar y presentar todas las declaraciones para así poder pedir la baja. Saludos.

 #204774  por guillerminamc
 
Coincido con lo que ya dijeron.
Tb podés recurrir la multa, aunq no se si todavía estás dentro del plazo. No es muy común que te saquen la multa pero por ahí la reducen, y como los recursos tienen efecto suspensivo, por lo menos pateás para adelante el pagarla

 #216835  por totimena
 
hola, yo tengo un tema parecido, tambien una persona que vendió en 2003 pero nunca se dio de baja. Quise hacerlo por internet pero tenés que tener el CIT para enviar las DDJJ y como nunca lo sacó se lo quise hacer yo y me dice "UD. no cuenta con las suficientes DDJJ como para regstrarse por esta vía". :shock: Así que no sé qué hacer, en la semana me iré para IIBB a preguntar pero alguien tiene alguna idea de cómo presentarlas? Gracias

 #217329  por cecilias
 
Tenes que tener la clave, y si no la podes sacar por internet lo ideal es que vaya a la oficina de Rentas y la solicite personalmente. Es un tramite mas que sencillo, con su identificacion personal ya se la dan.