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 #205132  por lorena Chavez
 
HOLA MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE MI CLIENTE ES EL IMPUTADO POR LEY 23.737 DEL AÑO 1996 ES LA CAUSA, EL ESTA EN EL EXTRANJERO DESDE EL 1996 Y QUIERE VOLVER, ES POSIBLE QUE PIDA LA PREESCRIPCION EN LA CAUSA?Y PUEDA INGRESAR AL PAIS SIN PROBLEMA, YA Q TENIA PEDIDO DE CAPTURA PQ ESTABA REBELDE EN SU MOMENTO.GRACIAS.

 #205399  por Pandilla
 
Hola lorena Chavez, creo, lo primero, es acercarse al Juzgado que tiene o tenía a su cargo la Causa, y leer su contenido. ¿Tiene los datos de la Causa...?. También, Usted hace mención a la Ley 23737, pero, no menciona por cuál artículo se lo imputó a su cliente....?.
Por otro lado, hasta donde recuerdo, la causa podría estar prescripta, y/o archivada, (igual, recuerde que puede estar archivada, pero no prescripta).
Si necesita más información sobre el tema Prescripción, puede consultar en: viewtopic.php?t=6865&start=0
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.

 #218942  por lorena Chavez
 
esta condenado por la ley 23737 art. 5 inc."C", el esta rebelde, solo se presento a la indagatoria y nunca mas a aparecio, puedo pedir la prrescripcion???puede quedar detenido igualmente?

 #218945  por Sailaw
 
Si es ese delito, o está prescripto o al borde de la prescripciòn, art. 62 inc 2 del CP

 #218969  por Dr Pucho
 
Artículo 5º inciso c) de la Ley Nº 23737:

Art. 5.- Será reprimido con reclusión o prisión de cuatro a quince años y multa de seis mil a quinientos mil australes el que sin autorización o con destino ilegítimo:

c) Comercie con estupefacientes o materias primas para su producción o fabricación o los tenga con fines de comercialización, o los distribuya, o dé en pago, o almacene o transporte;

Si tiene conocimiento del estado del expediente y del imputado, use la calculadora.

Dr. Pucho

 #219116  por lorena Chavez
 
ENTONCES NO CORRE LA PREESCRIPCION HASTA DENTRO DE 3AÑOS??? OSEA Q ES INUTIL PEDIR LA EXIMICION DE PRISION Y DEMAS PASOS PROCESALES?

 #219411  por Dr. Neurus
 
Bueno, tiene que estudiar bien el contenido del expediente, y su significado legal.
De alguna manera, han pasado casí 12 años, pero, a su vez, ese tipo señalado por la Ley Penal 23737, en la actualidad, es un tipo "bajo mucha tensión policial, social, política y económica". Se me ocurre que su cliente tendría que presentar pruebas, comprobables, que acrediten que, durante estos xasí 12 años, digamos, se porto bien, se ganó la vida con profesión u oficio dcente y honesto, formo una familia, y cosas por el estilo. Sino, otra alternativa es entablar alguna especie de negociación que resulte dualemente satisfactiva.
Existen casos, cercanos a operar la prescripción, que son dados por finalizados. Por ello es importante saber ¿qué hay y qué no hay en el expediente?, sino, todo es imaginar y suponer. Recuerdo que el caso comenzó en el año 1996, y, desde entonces, ha corrido mucha agua bajo el puente. Tal vez, ya no estan ni el Fiscal, ni el Juez, ni quienes participaron del operativo.

Dr. Neurus

 #219413  por Dr. Neurus
 
Ahora, si esta persona no tiene pedido de captura internacional, posiblemente, puede solicitar sus antecedentes actuales vía Embajada o Consulado, (claro, primero hay que averiguar).

Dr. Neurus

 #219856  por poorlaw
 
lorena Chavez escribió:ENTONCES NO CORRE LA PREESCRIPCION HASTA DENTRO DE 3AÑOS??? OSEA Q ES INUTIL PEDIR LA EXIMICION DE PRISION Y DEMAS PASOS PROCESALES?
Como dijo Sailaw, la prescripción está ahí nomás... contá doce años desde el primer llamado a indagatoria de tu cliente.