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  • reclamo por daños y perjuicios

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 #218314  por Gracenel
 
Gente, cómo les va?
Todavía a la espera de una respuesta. Tal vez no fuí muy clara. La duda que tengo es: Puedo reclamar directamente a la Cía? Hay algún formulario especial, ya que quisiera arreglarlo extrajudicialmente ya que el perjudicado tiene una relación afectiva con el que conducía y el dueño del vehículo. Gracias y estoy a la espera de una ayuda

 #218331  por gero
 
No vi tu pregunta, pero te cuento que si se trata de un accidente de transito, con los todos los datos del contrario, que seguramente tiene tu cliente ponete en contacto con la cia respectiva y presenta un reclamo por terceros y, en su compañia tiene que haber hecho la denuncia del siniestro tendtro de las 72 horas del hecho - en la primera te van ha pedir los requisitos a presentar y luego de 20 dias aprox. te dan la respuesta, ahora en la presentación del reclamo siempre elevas un poco porque nunca te van a dar lo que pedis. ojo esto siempre que la compañia de tu cliente no quiera responder por ser la culpa del otro.- espero haberte guiado un poquito - por tu trabajo te van a regular entre el 10 y 20 % - pero igual arregla con tu cliente lo que consideres.
Datos: Apellido y nombre titular y chofer, Nº de poliza, registro, denuncia policial (en provincia si no hay lesiones no es necesario), 2 presupuestos, cedula verde y hechos - suerte - a tu disposición

El que daño debe pagar...el daño

 #219130  por Jorcita
 
Hola!! Con respecto al tema tengo una duda...Como funciona el tema de nuestros honorarios cuando por ejemplo el seguro te regula el 20% pero es un caso de accidente in itinere...la aseguradora tambien debe pagar indemnizacion?? a nosotros nos corresponde algo??
Gracias!!

 #219229  por LUHER
 
Jorcita:
Si, podes hacer un reclamo a la comp de seguros del embistente, previamente, este, tendra que haber denunciado ante esta, el siniestro que ocurrio.
Explicale a tu cliente que si la aseguradora, no quiere responder en la etapa,administrativa, tenes que iniciar una accion de daños y perj contra el embistente, y citar a la compañia de seguros en garantia.
Vos pactas con tu cliente honorarios, y la comp de seguros del embistente, te paga entre el 10 y 20%. , suena a que cobras 2 veces pero en la practica es asi.
Por otro lado supongo que te referis a la ART, y si puede cobrar algo?
en este caso creo que solamente te indemnizaran, solo si sufrio o mejor dicho quedo algun % de incap. Suerte Luher mdq