Es una jubilac de origenes afjp, en la que me cuestionaron la situaci´n de revista, yo le respondí haciendo una aclaratoria para que así la tomen (incluso con la aprobación de la chicas de la sucursal), el tema es que tengo temor que me pidan que reliquide luego del 30/04, en el 0800 me dijeron que no me haga problema xq una vez que se presentó a la moratoria y más si tiene iniciado el expte, voy a poder reliquidar si así me lo piden. Uds. creen que podré hacerlo? el problema que si no es por art 6 esta clienta no se jubila y le hago perder el derecho al benef. Me mueroooo!!