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 #220163  por claukp
 
A ver q opinan... Es un bien inmueble de un matrimonio fallecido. El causante se habia divorciado de un matrimonio anterior, del cual nacieron hijos. Luego se casa nuevamente. Ambos fallecen. Ahora bien. El 50 % del causante lo hereda sus hijos. Que pasa con el 50% de la causante: es herencia vacante y por lo tanto pasa ese 50% al estado o acrece los hijos del causante?

 #220189  por optimista
 
Por lo que creo entender de tu pregunta, cuando el causante se casa por 2º vez, el ya tenía el inmueble (que era ganancial de la 1º esposa). Por lo tanto al casarse por 2º vez ese bien es propio del causante. Al fallecer este hombre heredan los hijos y la 2º esposa por partes iguales (es un bien propio)
 #220307  por claukp
 
No, el bien lo compra con la 2da esposa. No es ganancial de la primera

 #220361  por jfrotela
 
cual de los 2 conyuges fallece primero???

 #220609  por optimista
 
Ahora entiendo: Es un bien ganancial del 2º matrimonio. Si fallece 1º el hombre, de ese 50% heredan sus hijos. Cuando fallece luego la mujer, los hijos de Él NO LA HEREDAN No hay derecho de acrecer.-

 #220640  por claukp
 
Y si la mujer no tiene herederos ese bien termina siendo del Estado?

 #221103  por optimista
 
Salvo que adquieran el otro 50% por Usucapión.-

 #221162  por gadriana
 
jfrotela escribió:cual de los 2 conyuges fallece primero???
Reitero la pregunta de franco...

 #221164  por gadriana
 
Art 3572 Si no han quedado descendientes ni ascendientes los cónyuges se heredan recíprocamente, excluyendo a todos los parientes colaterales.

 #221172  por gadriana
 
En bienes gananciales el cónyuge que sobrevive, recibe la mitad. No lo hace como como heredero sino miembro de la "sociedad conyugal".

La otra mitad la heredan los hijos.

Si no hay hijos pero viviera alguno de los padres del difunto, esta mitad la heredan por partes iguales los padres y el cónyuge.

Si no hay hijos ni padres del fallecido, el cónyuge hereda íntegramente esta otra mitad. En este caso recibe el 100% de los bienes, la mitad como integrante de la sociedad conyugal y la otra mitad como heredero.

Bueno fue en tres partes la respuesta...Toy tartamuda
:D

 #221354  por optimista
 
¡ Claro, se me pasó ¡ Tenés razón. los hijos del hombre heredan a la 2º esposa de éste por derecho de representación

 #223375  por claukp
 
POR LO TANTO, COLEGAS. HEREDAN LOS HIJOS DEL HOMBRE POR REPRESENTACION U USUCAPION???

 #223466  por optimista
 
Si falleció 1º la mujer, el esposo la hereda, al fallecer éste heredan sus hijos. Si fallece 1º el hombre, los hijos heredan el 50% que le corresponde. El otro 50% es ganancial de la mujer. Al fallecer la mujer, los hijos del hombre -por derecho de representación- heredan.-

 #223469  por optimista
 
La usucapión siempre es posible si se dan los requisitos.-