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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #220767  por moye
 
alguien me podria ayudar,es la primera sucesión que hago, les explico la situacion mi cliente es viudo y se caso nuevamente, nunca tuvo hijos ni la primera mujer tampoco, tiene una casa que es ganancial del primer matrimonio,al fallecer la sra. no hizo sucesion, luego se caso y cómo está un poco enfermo quiere hacer la sucesion de su sra. para irle simplificando las cosas a su actual sra.me podrían decir cuánto lesale en este caso en que es élúnico heredero, me podrían detallar que gastos tengo y al presentarme la primera vez que es lo que tengo que presentar, bono, jus? el único bien es su casa. Y de honorarios cuánto le tengo que cobrar? Espero su orientación. Gracias

 #220805  por Alejandrina
 
Hola moye..sos de capital o pcia?.
en ppio tens que abonar ius y bono
por otro lado..el valor no dpende de la cantidad de herederos..sino del monto dl acervo sucesorio , que sra la base de calculo para abonar la tasa de justicia y los honorarios.
saludos.-

 #220807  por diegogvillamayor
 
hola.
gastos:
bono 18
jus 35
7205 o la madas por el juzgado o por gestoria $ 20 creo.
testamentos y pensiones $ 50
edictos 100/150
agrimensor 500 a 700 depende del valor de la casa, o mas...
inhibicion y cesion creo que estan 100/150
catastro otros 100 mas o menos.
tasa 2,2 %
sobre tasa 10 % de la tasa
honorarios 6 al 12 % mas o menos 8/10 te regularan.

Como consejo pedi adelanto de honorarios minimo 500.
y el resto anda sacandolo de la boleta de rentas, mas o menos con ella tendras una idea del costo de la propiedad, a la boleta sumale un 20/30 % por las dudas, ya que capas hay construcciones sin declar.
Pero aclara que los gastos son una cosa y honorarios son otra.
Con la cedula catastral del agrimensor sabes el valor fiscal de lacasa y ahi sacas la tasa y la sobre tasa. Claro esta sumandole el 10 % que marca la ley.
Si no entendiste algo escribime en privado o por mail.
creo que no me comi nada. Las ultimas sucesiones que hice son con informes urgentes, asi que capas algun monto esta mal. Pero mas o menos son esos gastos. Aclaro yo mando todo por gestoria.

Vos elejis cobrar del real o el fiscal. Si te regulan es del fiscal.

saludos

 #221271  por moye
 
gracias por sus respuestas! Muy amables me aclararon bastante el tema, la duda que me queda es el certificado catastral es obligacion presentarlo?pero sólo despues de la declaratoria o lo necesito para iniciarla? Soy de Mar del plata. Gracias nuevamente.

 #221521  por diegogvillamayor
 
no, para iniciar no lo necesitas.

 #221523  por cristina1
 
el certificado catastral no lo necesitas para iniciar
podes presentarlo antes o después de la declaratoria
pero cuando lo presentes tene en cuenta el vencimiento que es seis meses
antes de esos seis meses tenes que hacer declaracoón jurada, pagar tasa, sobretasa, presentar dominio e inhibición (algunos juzgados piden cesión) así estás en condiciones de pedir la inscripción, la podes pedir después de la declaratoria o conjuntamente con la declaratoria, pedis se dicte declaratoria, se ordene inscripción
moye escribió:gracias por sus respuestas! Muy amables me aclararon bastante el tema, la duda que me queda es el certificado catastral es obligacion presentarlo?pero sólo despues de la declaratoria o lo necesito para iniciarla? Soy de Mar del plata. Gracias nuevamente.
 #221699  por pablobochicchio
 
BGB Agrimensura
Estados Parcelarios.
Mensuras urbanas y rurales.
Planos de Posesión (usucapion)
Planos de Propiedad Horizontal
Amojonamientos.
Subdivisiones.
Urbanizaciones cerradas (clubes de campo, countrys), etc.

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Provincia de Buenos Aires

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