Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL. MUCHAS DUDAS.

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #220701  por MARK
 
Publicado: Vie Ago 22, 2008 1:12 am Asunto: NECESITO AYUDA EN UN DIVORCIO. GRACIAS.

--------------------------------------------------------------------------------

Estimados Colegas: el tema es el siguiente, tengo poca experiencia en esta materia y tengo un divorcio por art. 214 inciso 2°, además los cónyuges han decidido disolver la sociedad conyugal para lo cual he aconsejado realizarla de forma mixta, esto es solicitando la homologación del convenio que se agregará al escrito de inicio; mis interrogantes (no pocos por cierto) son los siguientes:
1.- Dado que el juicio tramitará en Capital Federal no conozco los criterios en esta Jurisdicción respecto a la posibilidad de que yo asuma el patrocinio de ambos (mi lugar de ejercicio habitual es la Pcia. de Bs. As donde esto es posible en gran parte de los Departamentos Judiciales).
2.- Es necesario que en el convenio de disolución de la sociedad conyugal denuncie la valuación de todos los bienes (inmuebles – muebles registrables – muebles y otros valores)?
3.- En caso que la anterior sea afirmativa: debo integrar la tasa de justicia y su complemento sobre el total de esas valuaciones?
4.- En mi caso soy aportante de una Caja Provincial, y ejercí la opción para mantenerme como tal con carácter a fin de evitar tener que efectuar aportes en Capital, desconozco el avance de este tema respecto a la legitimidad de CASSABA; debo efectuar algún planteo en el escrito de inicio?
5.- A los efectos de la regulación de mis honorarios, se tomará como base la valuación de los bienes que integran el convenio de disolución? En que porcentaje?
6.- A los efectos de la homologación del convenio de disolución de la sociedad conyugal, es conveniente que queden balanceadas las partes de ambos conyuges? Puede no homologarse en caso que no sea así?
Agradezco desde ya a todos aquellos que puedan hacer llegar un consejo o un aporte en esta cuestión que aquí dejo planteada. Perdón por el abuso.
Un saludo cordial,

 #221770  por Pato272727
 
patrocinio a ambos no anda en capital.
No necesitas denunciar valor alguno.
Si los denuncias la ley de tasa dice que la base imponible es el valor fiscal salvo que del expediente resulte uno mayor. Aunque no siempre se aplica esta última parte yo siempre evito nombrarlos. Algún día alquien se va a dar cuenta.
Cassaba esta formalmente derogada. ya no se aporta mas.
Si no pedís regulación es raro que te regulen(como no hay aportes nadie pide regulación). Por eso es dificil que alquien te conteste cuanto.
La partición no tiene que ser por mitades. Si es gratuita te pueden plantear que tiene que ir por escritura. Existen varias razones por las que la partición puede ser desigual aunque si es manifiestamente inequitativa te puede pedir el juez alguna explicación antes de homologar. No te olvides que podría haber partición desigual por un derecho de recompensa o inclusive que el hogar conyugal no siempre está sujeto a partición(art. 211 y 1277).