Estimados colegas!! apelo a sus infinitos conocimientos a raiz de la siguiente duda: (Ante todo aclaro no tener experiencia en el fuero). La consulta es la siguiiente: tengo una acuerdo conciliatorio (SECLO) incumplido, inicie ejecucion, notifique bajo responsabilidad, se vencio el emplazamiento, pido sentencia y me dicen que proceda segun el proceso de ejecucion de sentencia, por lo que asumo debere rectificar mi escrito solicitando se mande llevar adelante la ejecucion en lugar de pedir sentencia. Es correcto?.
Esa es la primera inquietud. La segunda (un poco mas sustanciosa): como se que la demandada (SRL) carece de bienes y ya no funciona, necesito ir contra los gerentes. Pedi que se hiciera extensiva la responsabilidad por el 59 de la Ley de sociedades y me mandaron a iniciar una accion de responsabilidad. Pregunto: esta accion corre en sede laboral o en comercial? y para el caso de que solicitara la quiebra de la SRL para luego ir contra los socios, debo pedirla en el expediente de la ejecucion o sortear la quiebra en comercial? Que quilombo!!! se entendio algo?....
Aguardo vuestra gentil e instruida respuesta!!!
Saludos!!
Esa es la primera inquietud. La segunda (un poco mas sustanciosa): como se que la demandada (SRL) carece de bienes y ya no funciona, necesito ir contra los gerentes. Pedi que se hiciera extensiva la responsabilidad por el 59 de la Ley de sociedades y me mandaron a iniciar una accion de responsabilidad. Pregunto: esta accion corre en sede laboral o en comercial? y para el caso de que solicitara la quiebra de la SRL para luego ir contra los socios, debo pedirla en el expediente de la ejecucion o sortear la quiebra en comercial? Que quilombo!!! se entendio algo?....
Aguardo vuestra gentil e instruida respuesta!!!
Saludos!!