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  • PROCEDE RETENCION INDEBIDA!!

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 #221259  por Estudio B
 
Cia. de seguros, toma a un reclamo de terceros por choque de automotores con fecha 20/06/08, manifiesta que en 15 días contesta, a la fecha no tiene resolución. Ven procedente intimar por resolución e inmediata devolucion de documentación original obrante en dicho expediente bajo apercibimiento de formular denuncia ante superintendencia y penal por retención indebida, con más las costas que irrogue a nuestra parte. Procede? o es una burrada??? Saludos!!!!

 #221278  por gustavoecharri
 
:D La burrada esta en haberle entregado documentación original a la contraria, la intimación en caso de haberle entregado documentación es totalmente procedente, ya que la única forma de que te las devuelva o de demostrar que no te la quieren devolver es pidiéndosela.
Primero tendrías que verificar si realmente le dieron documentación original a la compañía de seguros. Si solo se trata de fotos, formularios de la propia compañía y otras copias presentadas para un reclamo administrativo, yo desde la otra parte te contestaría que desde el momento que la presentaste voluntariamente ajustándote a la normas de la compañía esa documental ya no te pertenece, y está siendo analizada para liquidar el siniestro.

 #221423  por Pandilla
 
Hola Estudio B, acerca del tipo penal, hay algo de información en este post: viewtopic.php?t=24839&start=0

Saludos.

 #221524  por Estudio B
 
Gracias, por tu respuesta, te comento mi clienta presento en original, fotos, certificado de cobertura y denuncia del siniestro estas dos últimas efectuadas en su aseguradora. Está documentación en original se la requirió la cia. de seguros pq de lo contrario no te aceptan el reclamo.

 #221527  por Estudio B
 
Gracias Pandilla!

 #221701  por gustavoecharri
 
:D La documentación que mencionas sin duda pertenece a tu cliente y no a la aseguradora que le tomo el siniestro por lo que no veo descabellado intimar para que te las devuelvan. No olvides darles una fecha fehaciente para la devolución, y recordarles sobre el perjuicio que te ocasiona la demora.
Saludos
 #224528  por Estudio B
 
Gracias por las respuestas!!!!Saludos.