Cia. de seguros, toma a un reclamo de terceros por choque de automotores con fecha 20/06/08, manifiesta que en 15 días contesta, a la fecha no tiene resolución. Ven procedente intimar por resolución e inmediata devolucion de documentación original obrante en dicho expediente bajo apercibimiento de formular denuncia ante superintendencia y penal por retención indebida, con más las costas que irrogue a nuestra parte. Procede? o es una burrada??? Saludos!!!!
La burrada esta en haberle entregado documentación original a la contraria, la intimación en caso de haberle entregado documentación es totalmente procedente, ya que la única forma de que te las devuelva o de demostrar que no te la quieren devolver es pidiéndosela.
Primero tendrías que verificar si realmente le dieron documentación original a la compañía de seguros. Si solo se trata de fotos, formularios de la propia compañía y otras copias presentadas para un reclamo administrativo, yo desde la otra parte te contestaría que desde el momento que la presentaste voluntariamente ajustándote a la normas de la compañía esa documental ya no te pertenece, y está siendo analizada para liquidar el siniestro.