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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #225294  por RominaCIN
 
Hola!! mi consulta es la siguiente, un cliente me consulta sobre que tiene contratada a un empleado desde hace 5 años, totalmente en blanco, pero resulta que la contratación original fue por intermedio de una agencia. Es decir, el empleado de mi cliente estuvo contratado 1 año por agencia (trabajando para mi cliente, no siendo una contratación eventual) y luego mi cliente lo efectiviza. Ahora el empleado le reclama por la 24.013 diciendo que su real fecha de ingreso fue la del año que estuvo por la agencia, entiendo que lamentablemente (para mi cliente) tiene razón el empleado y que por ello serían procedentes las multas previstas en el art 9 de la ley 24.013, es correcto? Alguna sugerencia?????????
Gracias!!

 #225454  por DAL
 
NOOOOOOOOOO. NO es correcto.
Una cosa es la correcta registracion y otra muy distinta es el computo de la antiguedad.
El cliente estuvo registrado en la agencia y entro luego de un año a esta empresa. Esta empresa no puede registrarlo como empleado propio cuando era empleado de otro. La fecha de ingreso esta correcta.
PERO a los fines indemnizatorios, vacacionales y demás, tiene que computarse la antiguedad anterior. Pero bien anotado, esta.