Hola! me han consultado por un tema laboral-empleada doméstica- , pero la empleadora murió en febrero estando vigente la relación, y en estos días han abierto el sucesorio. Existe fuero de atracción o tengo que iniciar demanda laboral en fuero laboral y si es así contra quien? Agradeceré una respuesta.-
Mira, el servicio domestico está excluido de la Ley de Contrato de Trabajo (Art. 2 Inc. b LCT).
La actividad está reglamentada por el Decreto Ley 326/56 y Decreto 7979/56 y no se refieren a la muerte del empleador, como si lo hace la LCT en su art. 249.
Por eso, no creo que sea aplicable esta indemnización por este concepto. Desconozco la jurisprudencia del Consejo del Servicio Domestico en este sentido.
Saludos