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  • contrato un albañil y se metio en un problemon-URGENTE-

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #225688  por 123justicia
 
aver un chapista contrata a una persona para remodelar su taller viene el albañil con un ayudante,.-
a los 6 mese..aprox de seguir con los trabajos, el ayudante le inicia juicio al albañil por despido, llegandole todas las citaciones al domicilio del chapista, el albañil no se presenta a ninguna audiencia el juicio es seguido contra el albañil, y llega a sentencia condenatoria
al no tener bienes el albañil, pueden ir contra el chapista?
o debe el ayudante iniciar todo de cero y citar a las audiencias al dueño del lugar?? :roll:
en realidad el chapista no contrato al ayudante-- solo al abañil- se entiende?
opinen por favor urgente!!! :roll:

 #225693  por optimista
 
El empleador es el albañil, no el chapista. El ayudante debe reclamarle a su empleador. Entre el chapista y el albañil hay un contrato de Locación de Obra. El contrato entre ellos, finaliza con la terminación de la Obra.-

 #225729  por 123justicia
 
optimista escribió:El empleador es el albañil, no el chapista. El ayudante debe reclamarle a su empleador. Entre el chapista y el albañil hay un contrato de Locación de Obra. El contrato entre ellos, finaliza con la terminación de la Obra.-

coincido con vos, no obstante el letrado del ayudante, me llamo.. para llegar aun arreglo?! :shock:
le dije que continue con los tramites que considera.-
es decir si no hay una sentencia contra la persona claramente identificada.. que arreglo quiere hacer?, la profesion da sorpresas.. aveces.. por lo menos a mi...
:shock:

 #227086  por Marielp
 
Segun el art. 2 ley 22250 , queda excluido de la ley , el propietario que no es empleador de la construccion.

 #227373  por 123justicia
 
Marielp escribió:Segun el art. 2 ley 22250 , queda excluido de la ley , el propietario que no es empleador de la construccion.
Gracias Mariel, por tu aporte, y desde el punto de vista procesal, tampoco puede.. re dirigir su demanda... contra otra persona distinta a la demandada originalmente, mas aun estando el juicio con sentencia... :roll: