Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PODER IRREVOCABLE? -ayuda

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #226062  por Mari08
 
Buenas Tardes Foristas!
Tengo una clienta que esta dispuesta a comprar un inmueble que contiene deuda de Impuestos y Tasas, y del cual ademas hay que hacer la Sucesión, por lo tanto arreglo con los herederos un precio.
Vamos a hacer un BOLETO DE COMPRAVENTa, y la Escribana ademas m anconsejo hacer un POder Irrevocable POR 5 AÑOS, para que le de tiempo para cancelar la deuda.
Yo ya comenze la Sucesion, pero no entendí lo del Poder Irrevocable?para que le genere a mi clienta la facultad de escriturar? y los herederos de los herederos vendedores, no le hagan caer la venta?
Gracias!

 #226071  por Sailaw
 
Poder irrevocable, sin estar inscripta la sucesión?, no me gusta, en todo caso si una cesión de derechos hereditarios respecto del inmueble, lo que le darìa posibilidad de iniciar la sucesiòn para obtener así la inscripciòn de esa cesiòn.

La deuda la pagarìa la compradora?

 #226087  por Mari08
 
Pero Cesion de Derechos tampoco quiere mi clienta que es la compradora, y sí, es quien se hace cargo de la deuda y así le han rebajado el precio de venta.
Pero no entiendo de que se trata eso del PODER IRREVOCABLE?, como aplicarlo en este caso?
Disculpen si es algo obvio, pero soy nueva en la profesion.
Mil Gracias!

 #226168  por lunita_44
 
El poder irrevocable es para que ella pueda hacer la escritura sin necesidad de q firmen los herederos y justam el hecho de ser irrevocable hace q los vendedores no puedan arrepentirse...
ahora bien... Yo no aconsejaria firmar el boleto y pagar porq al no estar la declaratoria, tu clienta no tiene certeza alguna de q ellos sean los h`...

Desp lo del poder es una seguridad extra... q esta bien.. pero si no son declarados desp en el juicio, o si no lo inician o no sale todo en 5 años.. o si aparecen mas h`???

 #226367  por gadriana
 
Bueno, dependiendo del precio que pague tu clienta, o sea si éste es bastante inferior, se puede hacer un poder irrevocable post mortem en el cual CONSTE LA COMPRAVENTA y se incluya el boleto. Quien se hace cargo de los gastos,? eso se pacta. Dado el albur debe pagarse a un precio muy inferior. No es recomendable no hagan una cesión de derechos. No entiendo la objeción a ésto y si lo es por evitarse gastos las consecuencias pueden ser peores a posteriori.
El poder lo quiere a los efectos referidos por lunita, pero recordá debe incluir el boleto.

 #227541  por Mari08
 
Cesión de Derechos creo no ser aconsejable, ya que se cede todos los derechos y obligaciones de heredero, y en tal caso, ¿si luego surgen Acreedores de los herederos?, mi clienta se halla en la misma posicion q los herederos..y debera responder
POr lo que mi clienta se hara cargo de la Sucesion, y de los gastos de Escrituracion, ya que los vendedores le dejan el inmueble a un precio muy bajo, y pense que LA UNICA FORMA DE ASEGURARSE ERA CON UN PODER IRREVOCABLE Y PREVIAMENTE BOLETO.
Una ultima pregunta, lo de POder IRREVOCABLE, me lo aconsejo la Escribana, pero yo soy casi nueva en el ejercicio profesional, de que artículo del Codigo surge lo del Poder?
Gracias !!!!