Amigos tengo una consulta: Tengo un perito que le hacemos los cobros de sus honorarios, y en una Pericia que realizó como interventor recaudador, solicitamos la indisponiblidad de los fondos recaudados hasta tanto sean pagados sus honorarios, a fin de garantizarlos. La actora es el Ministerio de Trabajo y manifestó que los fondos embargados son publicos y no los puede embargar, esto es asi? Yo pienso que cualquier auxiliar de justicia puede pedir cualquier medida cautelar para asegurar su cobro de honorarios, sean fondos publicos o no.
Muchas gracias por la ayuda
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