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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #223293  por 123justicia
 
estimadisimos foristas civiles.

problema¨:
ante la falta de acuerdo de la totalidad de los co-propietarios el 90 % quiere pagar, el actor quiere la totalidad de la deuda es por una sentencia laboral.-

si se consigan judicialmente la deuda por parte de los co-propietarios?
aunque no esten todos.- debera aceptar el actor.- es una solucion posible.
que opinan?

 #223353  por GU
 
No creo que sea un tema de consignacion judicial.

El deposito debe realizarse en el mismo expediente en el que recayo la sentencia, por lo que todo deposito realizado en ese expediente sera tomado a cuenta de la misma.

Al no ser el pago total, no obsta a que el trabajador tome las medidas necesarias para efectivizar el cobro de lo no pagado.

No hace falta postear 3 veces.

Saludos!

 #223488  por DAL
 
A ver:

Vos preguntás si se puede obligar al actor a recibir solo el 90% del crédito???? NO.
Pero es facil. Hagan así:
Hacen una reunión de asamblea, votan una cuota extraordinaria de expensa para cubrir el monto adeudado, con un tanto más que lo necesario. Este tanto más de lo necesario es para cubrir: algun gasto eventual, los honorarios de la parte consorcio, esa diferencia que un consorcista no quiere poner, la eventual diferencia que puede existir porque un consorcista dice que pone pero luego no tiene plata. Y se vota además que una vez pagado el credito, el remanente de existir irá a parar al fondo de reserva del edificio.

Ejemplo en numeros: Si son 10 propietarios, y deben 10.000 pesos, todo indica que cada uno tiene que poner 1.000. Si? Bueno, voten poner 12.000. Con esos 2000 que estan presupuestando "de mas" van a cubrir los 1.000 de uno o dos propietarios que no pongan ahora.

Posteriormente cuando junten el monto necesario le pagaran al actor, en forma personal si lo acepta o bien mediante consignación judicial, siempre sabiendo que para consignar judicialmente el pago debe ser integro, y demás requisitos de la consignación. Pero si pagan el 100% no se va a negar!!!!

A posteriori, el que no pagó tendrá una deuda de expensa común y corriente. Se resolverá como cualquier deuda de expensas.

 #224572  por 123justicia
 
DAL escribió:A ver:

Vos preguntás si se puede obligar al actor a recibir solo el 90% del crédito???? NO.
Pero es facil. Hagan así:
Hacen una reunión de asamblea, votan una cuota extraordinaria de expensa para cubrir el monto adeudado, con un tanto más que lo necesario. Este tanto más de lo necesario es para cubrir: algun gasto eventual, los honorarios de la parte consorcio, esa diferencia que un consorcista no quiere poner, la eventual diferencia que puede existir porque un consorcista dice que pone pero luego no tiene plata. Y se vota además que una vez pagado el credito, el remanente de existir irá a parar al fondo de reserva del edificio.

Ejemplo en numeros: Si son 10 propietarios, y deben 10.000 pesos, todo indica que cada uno tiene que poner 1.000. Si? Bueno, voten poner 12.000. Con esos 2000 que estan presupuestando "de mas" van a cubrir los 1.000 de uno o dos propietarios que no pongan ahora.

Posteriormente cuando junten el monto necesario le pagaran al actor, en forma personal si lo acepta o bien mediante consignación judicial, siempre sabiendo que para consignar judicialmente el pago debe ser integro, y demás requisitos de la consignación. Pero si pagan el 100% no se va a negar!!!!

A posteriori, el que no pagó tendrá una deuda de expensa común y corriente. Se resolverá como cualquier deuda de expensas.
ok muchas gracias DAL, sabes que sucede, es que el resto de los consorcistas, no quieren poner un $ mas de lo que le corresponde a su Depto. entonces... hasta ahora no lo pude resolver. seguiran corriendo los intereses de sentencia... o hasta que traben embargo en alguna de las unidades.,.. no se .
que me sugeris?? gracias.
perdon por repetir el post.

 #224597  por DAL
 
Explicales que es PROVISORIO. Es para frenar los intereses. El "otro" tambien lo va a poner porque se va a poner por expensas y las expensas las va a tener que pagar, si no va a entrar en mora y le harán juicio. Como gancho y tranquilidad, ya que de lo contrario cuando el otro ponga tendrían que devolver plata, lo que hacen es pactar que el saldo va a ir a parar al fondo de reserva. Cuando le cobren al otro, ese dinero recuperado va al fondo de reserva. Siempre hay, si no hay es bueno empezarlo, y siempre hace falta un dinero extra en el consorcio.

Consejo: armen una reunion/asamblea. Andá VOS y explicales la alternativa con toda la paciencia.

Consejo 2: si todo fracasa, contale al abogado del actor QUIEN no quiso pagar, por lo que si tiene que elegir una unidad, seria MUY LINDO que elija la unidad del díscolo que no quiere poner plata. :wink:

 #224905  por 123justicia
 
DAL escribió:Explicales que es PROVISORIO. Es para frenar los intereses. El "otro" tambien lo va a poner porque se va a poner por expensas y las expensas las va a tener que pagar, si no va a entrar en mora y le harán juicio. Como gancho y tranquilidad, ya que de lo contrario cuando el otro ponga tendrían que devolver plata, lo que hacen es pactar que el saldo va a ir a parar al fondo de reserva. Cuando le cobren al otro, ese dinero recuperado va al fondo de reserva. Siempre hay, si no hay es bueno empezarlo, y siempre hace falta un dinero extra en el consorcio.

Consejo: armen una reunion/asamblea. Andá VOS y explicales la alternativa con toda la paciencia.

Consejo 2: si todo fracasa, contale al abogado del actor QUIEN no quiso pagar, por lo que si tiene que elegir una unidad, seria MUY LINDO que elija la unidad del díscolo que no quiere poner plata. :wink:
gracias DAL, encima el que no quiere pagar, dice, yo tengo mi depto en bien de familia... como diciendo a mi no me van a embargar... macanudo el copropietario. :roll:

 #224964  por DAL
 
Macanudo no, TONTO!!!

 #225620  por 123justicia
 
DAL escribió:Macanudo no, TONTO!!!
LO EMBARGAN IGUAL POR EXPENSAS AUNQUE TENGA BIEN DE FAMILIA? :roll:

 #225644  por 123justicia
 
DAL escribió:Macanudo no, TONTO!!!
te comento DAL en la ultima reunion uno de los propietarios dice... yo tengo el depto hipòtecado asi que a mi no me van a embargar, el otro dice yo lo tengo en bien de familia asi que ami tampoco me vasn a embargar,..... el resto de los copropietarios estaban enojados..
ahora bien por un lado tienen al go de razon los dos el del bien de familia y el hipotecado.. yo como actor no voy a ir contra esos dos , buscaria una unidad sin restricciones, es mas no se si es posible embragarlos..
que opinas?? :roll: :roll:

 #225663  por DAL
 
Estrategicamente, el actor va a elegir la unidad que mas le convenga.
PERO el bien de familia no lo protege y pueden rematarselo. Son cargas comunes. Con hipoteca tambien se lo pueden rematar por deuda de expensas, de hecho si todo sale bien esta tarde a las 19.00 voy a un remate que hacemos nosotros de una vivienda unica con hipoteca y deuda de expensas desde 2000, ya pidio cinco suspensiones de subasta ayer la última que se resolvio en el día, veremos como transcurre el día de hoy!!!!

 #225730  por 123justicia
 
DAL escribió:Estrategicamente, el actor va a elegir la unidad que mas le convenga.
PERO el bien de familia no lo protege y pueden rematarselo. Son cargas comunes. Con hipoteca tambien se lo pueden rematar por deuda de expensas, de hecho si todo sale bien esta tarde a las 19.00 voy a un remate que hacemos nosotros de una vivienda unica con hipoteca y deuda de expensas desde 2000, ya pidio cinco suspensiones de subasta ayer la última que se resolvio en el día, veremos como transcurre el día de hoy!!!!
ok entonces el bien de familia no protege contra todo.-?
para que lo hacen?
:roll: suerte en tu remate.-!

 #225734  por 123justicia
 
DAL escribió:Estrategicamente, el actor va a elegir la unidad que mas le convenga.
PERO el bien de familia no lo protege y pueden rematarselo. Son cargas comunes. Con hipoteca tambien se lo pueden rematar por deuda de expensas, de hecho si todo sale bien esta tarde a las 19.00 voy a un remate que hacemos nosotros de una vivienda unica con hipoteca y deuda de expensas desde 2000, ya pidio cinco suspensiones de subasta ayer la última que se resolvio en el día, veremos como transcurre el día de hoy!!!!
Dal estrategicamente como decis, eligirias la vivienda unica , bien de familia y /o la hipotecvada u optarias por otra ?
honestamente.- :wink:

 #225816  por DAL
 
MI subasta se suspendió hace media hora. La mina se presentó en quiebra!!!!
Mañana veremos como continuamos pero esta noche no hay remate.

Estrategicamente elegiría el mejor ubicado ,con más tamaño, más arreglos, menos problemas.

 #226117  por klaudia7
 
Hola 123..., el Bien de familia tiene por finalidad proteger patrimonialmente al núcleo familiar y poner la propiedad a salvo de una posible ejecución por remate. Esto significa que una propiedad inscripta como bien de familia no puede ser ejecutada por deudas posteriores a su inscripción como tal, SALVO por deudas propias del inmueble (expensas comunes, ABL, etc) las cuales pueden ser ejecutadas en cualquier ocasión, una propiedad inscripta como Bien de Familia puede ser embargada. Ley 14.394.

 #228024  por 123justicia
 
klaudia7 escribió:Hola 123..., el Bien de familia tiene por finalidad proteger patrimonialmente al núcleo familiar y poner la propiedad a salvo de una posible ejecución por remate. Esto significa que una propiedad inscripta como bien de familia no puede ser ejecutada por deudas posteriores a su inscripción como tal, SALVO por deudas propias del inmueble (expensas comunes, ABL, etc) las cuales pueden ser ejecutadas en cualquier ocasión, una propiedad inscripta como Bien de Familia puede ser embargada. Ley 14.394.
gracias por sus aportes,
ahondo sobre el tema.
la deuda es por un juicio en el que el administrador renuncio mediante cd y no contestaron la demanda.. por lo tanto perdieron el juicio haciendose lugar a todos los reclamos de la actora contra el consorcio.-

que accion cabria contra el administrador, mas alla de su renuncia, ya que el debio continuar hasta tanto se designe otro administrador.-
opinen por favor.!! esto esta muy relacionado con el pago de los consorcistas!!
gracias.- :roll: