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  • HONORARIOS EN UNA SUCESION

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #227707  por sergiosky
 
a ver si me ayudan, tramité una sucesion, denuncié un inmueble como unico bien de la sucesion, tengo DH, ahora los herederos quieren vender el inmueble por lo que me contacté con la escribana y acordaron con el comprador que la casa se vende en $ 100.000, ahora, si yo pido regulacion de honorarios en el expediente me van a regular segun un porcentaje del avaluo fiscal que se presentó, que es de $60.000. me conviene mas arreglar con mi cliente extrajudicialmente y decirle que mis honorarios resultan del valor final de venta que se pactó con el comprador? esta bien hacerlo asi?, y si es asi... cuanto seria? me fijé en la ley arancelaria de mi provincia y lo que entendi es que del valor del bien se calcula entre un 8% y 16% que es lo que se le regulan a los abogados por su actividad..., reducido en un 25%, o sea que si tomamos un 8% quedaría un total del 6% con la reduccion, por lo que la suma en concepto de honorarios sería el 6% de $ 100.000, o sea, $ 6.000, puede ser o es mucho? o entendi para el diablo como se sacan los honorarios, bueno espero opiniones.

 #227713  por sergiosky
 
pregunto porque quizas los herederos me sacan volando y me dicen que en realidad mis honorarios son por la tramitacion hasta la DH ya que la operacion de venta de la casa se hizo en forma privada y ya con intervencion directa de la escribana y no mio, como que por ahi mis honorarios pueden resultar mas bajos si lo pido por el juez ya que quizas este no tiene en cuenta el valor real de la vivienda y solo se limita a sacar un porcentaje segun el avalúo fiscal y hasta la DH no mas.
no se, me parece raro que si pido regulacion de honorarios en el expediente me regulen $6.000 solo por haber llegado a la DH, aunque igualmente me regularían $ 3.600 si es que me toman como base el avalúo fiscal, bah, si es que se hace el calculo como dije porque quizas me regulan $ 700 ya que quizas interpreté todo mal. concretamente lo que quiero saber es si esta bien que les diga a los herederos que se tienen que tomar en cuenta la suma de $ 100.000 para que se me regulen los honorarios por la tramitacion del sucesorio, o si no tiene nada que ver ya que en la operacion de venta no intervengo sino solo hasta la DH.

 #227740  por evasusana
 
trata de pactar los honorarios y que te los den el dia de la escritura Vos incribiste el testimonio? o hiciste un tracto ? saludos eva

 #227742  por Moniluj
 
Yo intentaría arreglar mediante convenio, si se oponen, te queda la regulación judicial, está bien lo que entediste, en una sucesión sin bienes hasta la DH por mi zona cobran $2000 a $3000, por lo tanto yo no veo descabellado los $6.000. Ah! y la gente paga lo que te digo sin chistar. Espero te sirva de algo. Saludos.

 #227746  por Moniluj
 
Sigo, lo que tenés que tener en cuenta es que las sucesiones se dividen en tres etapas, hasta la DH es la primera, la opción es dividir el porcentaje máximo 16% del valor (real) en tres y ahí sacás el valor justo por tus honorarios, se entiende?

 #227807  por DAL
 
Sergio, la verdad qeu no entiendo como es tu tramite.
NOsotros con declaratoria no vamos a ninguna lado. Tenemos que inscribir la declaratoria en relación a los bienes, o bien directamente transferir los bienes a los herederos. Por la transferencia nos regulan sobre el valor de los bienes y por inscrpción, un 80% de lo que sería con transferencia, y ahí luego el escribano vende por tracto abreviado.
Pero en todos los casos, siempre cobramos sobre el valor de los bienes. Mi escala es más alta, del 13 a 20, y yo suelo usar el valor del avaluo fiscal y no el real ( salvo algún desajuste muy puntual) En tu caso yo creo que 6000 esta bien.
NO entiendo, por que en mi tramite eso no es posible, como te pueden plantear qeu vos no tenes nada que ver con la venta yq ue solo hiciste declaratoria, si no es posible venderSOLO con declaratoria, la declaratoria se debe llevar al registro de la propiedad (por orden de juez) así qeu siempre cobramos por tramite terminado. La declaratoria SOLA es cuando no hay bienes.

 #227960  por sergiosky
 
gracias a todos por contestar.
Dal, pero esos tramites que comentas los hace la escribana.
mira, yo hablé con la escribana y concretamente le dije "inicie una sucesion, tengo DH, hay un comprador para la casa y ofrece $ 100.000"; bien, me dijo: traeme el expediente y la documentacion original que ahora me encargo yo, vos no tenes mas nada que hacer porque todo se hace por tracto abreviado en forma privada, yo pido los informes de dominio, de inhabilitacion de c/u de los herederos, yo inscribo, hago todo, ya no interesa el juzgado, cuando tenga todo listo los llamo a todos los herederos y al comprador y se firma y listo. todo eso me dijo.
entonces le llevé el expediente y ella hizo todo, incluso hasta está obligada a retener del precio de lo que corresponde por tasa de justicia, ella lo retiene y me lo da a mi para que lo pague y agregue la boleta en el expediente asi cumplo con las obligaciones tributarias. yo no tengo que inscribir ni declaratoria ni nada, todo lo hace ella ya que lo puede hacer, no se si me lo dijo para que me quede tranquilo o si es asi.
el problema se presenta porque debo cobrar mis honorarios y no se si solicitarle al juez o cobrarle directamente a mi cliente, y otra cosa... que valor tomo, el de venta o el avalúo fiscal que agregue al expediente? o sea, si yo pido regulacion de honorarios me van a regular una suma menor que si tomo el valor de venta, pero es que no se si esta bien que lo haga asi porque quizas me pueden decir "por que tomas el valor de venta si todo lo hizo la escribana? vos solo actuaste en la primera etapa, o sea hasta la DH" y bueno, quizas esa etapa arroja una suma mucho menor. puede ser que no sea descabellado cobrar $6.000 pero y entonces cuanto cobras si encima haces inventario, particion, hijuelas, etc?, yo llegué hasta la declaratoria y me planté y le pasé todo el laburo a la escribana, entonces esta bien cobrar $6.000 o es mucho?

 #228111  por DAL
 
ah!!!!!!!!!!!!! asi funciona????
NO, aca yo hago todo eso.
El escribano cuando es tracto abreviado hace lo mismo que cuando no es. Saca certificados de inhibición, libre deuda y escritura pero en lugar de firmar el titular registral, que es el muerto, firman los herederos declarados que tienen declaratoria inscripta, como si fueran apoderados del muerto.
Pero todo lo hago yo, oficios, y demás. Lo saco del registro listo y lo entrego a la escribanía.

Tal vez en tu caso no tenga entonces que tener relación el valor de la propiedad porque no la tocas. Yo sí, yo liquido ley impositiva anual sobre el valor de la propiedad, inscribo, saco certificados, catastrales, libres deudas (esto en transferencia) denuncia de bienes, avaluo de los bienes y demás. Y por eso cobro sobre el valor del a propiedad, real o fiscal. La declaratoria acá no te regulan más de 500 o 700 pesos.


Yo en tu caso cobraría una suma intermedia entre la simple declaratoria y la sucesion termianda. Me decis que serían 3500 y 6000.
Creo que 4500 a 5000 es razonable.

 #228214  por sergiosky
 
bah... digo yo que lo hace la escribana, quizas aca tambien es asi como decis vos, que yo lo tengo que hacer, pero quizas es indiferente que lo haga yo o lo haga ella porque a lo mejor tambien esta autorizada a hacerlo. a mi no me dijo que pida oficios, inscriba, saque informes, nada, que todo lo hace ella. obviamente a mi me libera de toda esa carga pero quizas si no lo hiciese ella tambien lo tendria que hacer yo. aunque hay que ver como hace la operacion de venta, habra hecho una cesion de derechos de todos los herederos a favor de la compradora y por eso no necesita que haga todos esos tramites? pero igualmente en algun momento tendria que hacerlo la compradora, no se, me dijo que ella hacia todo. incluso me dijo que no es necesario para la venta que yo inscriba las cesiones de derechos ni la DH.
para mi es buenisimo porque en varios post lei que luego de la DH hay que pagar tasa, sobre tasa, inscribir, pedir oficios, etc. o sea... miles de cosas mas y sin embargo la escribana me dijo "no hagas mas nada, yo me encargo de todo lo demas". hasta dibujó un monto menor de venta para pagar menos tasas de justicia. pregunté en el organo de contralor como es el tema de las tasas cuando se quiere vender un bien de la sucesion y me dijeron que las sucesiones tienen 2 etapas (en mi provincia son 2 no 3) una hasta la DH y la otra cuando haces los demas tramites, que cuando tenes DH ya todos los tramites posteriores se pueden hacer en forma privada si es que todos los herederos estan de acuerdo y lo hace la escribana, incluso no necesito abonar la boleta de que pagué la tasa de justicia al expediente, con tal de que se haya pagado todo bien, pero eso es obligacion de la escribana, ella tiene que saber bien que pagar y como. tambien pregunté si es necesario comunicar al juzgado que se va a vender un bien, y que si la tasa se paga sobre el valor real de venta o del avalúo fiscal, y me dijo que no es necesario presentar nada al expediente porque todo se hace en forma privada. asi que le dije: entonces lo planto ahi con la DH y no muevo mas nada y que la escribana haga la operacion entre los herederos y el comprador? asi de facil? me dijo si.

 #228217  por sergiosky
 
mmm, estaba pensando... no sera que la escribana hace todo para cobrarle mas honorarios a los herederos? quizas tuvo que justificar porque cobra tan caro entonces ella me libera de hacer todos esos tramites, ya voy a averiguar bien como viene la mano.
de todas maneras sea como sea para mi mucho mejor no tener que hacer todo eso.
saludos.

 #228219  por Drpolilla
 
Moniluj escribió:Sigo, lo que tenés que tener en cuenta es que las sucesiones se dividen en tres etapas, hasta la DH es la primera, la opción es dividir el porcentaje máximo 16% del valor (real) en tres y ahí sacás el valor justo por tus honorarios, se entiende?
Me quedo con esta opinion. Tomando la valuacion real, hacer los numeros para la regulacion total y de eso sacar 1/3. Eso es bastante justo creo.

(¿No cobran aparte la procuracion?, aca en Ctes. con la ley nueva le sumamos el 35% de los honorarios en concepto de procuracion).

 #228414  por sergiosky
 
hablé con la secretaria del juzgado y me dijo que se toma el valor real de la casa, a ese valor le reduzco el 25% y de lo que quede entre el 8 y 16% es lo que se paga de honorarios. lo que si me confundió porque me dijo que debo denunciar el bien, especificar su valor real o su avaluo fiscal, y de ahi se corre vista al organo de contralor para que determine la tasa a pagar (que es el 8%), y tambien se toma la base para mis honorarios, luego se divide lo que se le adjudica a c/u de los herederos, y le dije... pero eso es la 2da parte del sucesorio, hacer el inventario, pedir la division, luego las hijuelas... y tengo entendido que si todos los herederos estan de acuerdo pueden vender en forma privada directamente con una escribana al tener ya DH, que la 2da etapa no es necesario tramitarla sino que es cuando no se ponen de acuerdo los herederos. y me dijo... ah no se, creo que lo tenes que hacer si o si. jajaja, al final me terminé de confundir.
a ver si nos ponemos de acuerdo: hay 2 herederos, 1 inmueble, se hace la sucesion... se dicta la declaratoria, mas alla de los tramites que se deben hacer de pagar tasa, pedir informes, inscribir la DH, etc... etc..., esos herederos pueden vender ya la casa llendo a una escribana para que formalice todo, teniendo solo la DH recien salida del horno?, o tienen que primero presentar inventario y avaluo, pagar las tasas, adjundicacion, etc, para recien luego poder ir al escribano y vender la casa? porque al final ya ni se como es el tramite sucesorio, me comuniqué con la escribana y me dijo que ya tiene todo listo para que firmen los herederos y el comprador, que ya pidio los informes y todo. o miente la escribana o miente la secretaria o yo me tengo que poner de cabeza a estudiar el proceso sucesorio. :roll:

 #228518  por DAL
 
Sergio te cuento que en mi jurisdicción los escribanos quieren hacer exactamente eso que vos decís. Yo tengo dos partes tambien, la primera DH y la segunda la parte de los bienes (con o sin hijuelas, con o sin transferencia).
Los escribanos quieren hacer ellos la segunda parte. A nosotros por la primera no nos regulan en relación a ls bienes, sino montos fijos (antes 200 a 500, ahora entre 400 y 700), mientras que por la segunda parte vamos en relación al valor de los bienes.
Nuestro aporte es del 24% en DH y del 40% en la segunda parte.
Estamos en pie de guerra!!!!!! queremos matar a los escribanos!!!!

 #228563  por sergiosky
 
quizas entonces a mi me tienen que regular unos $700 por la DH.
ups, ya le pasé a mi cliente la suma de $5.000 en concepto de honorarios. que me iran a decir los otros herederos? :?
si ven que no posteo mas es porque estoy en el hospital con todos los huesos rotos, ahora si ven que posteo y en todos los mensajes digo que me encanta esta profesion, o que feliz soy de ser abogado es porque me pagaron sin chistar.
luego les cuento como terminó la novela.

 #228579  por susuqui
 
sergiosky escribió:quizas entonces a mi me tienen que regular unos $700 por la DH.
ups, ya le pasé a mi cliente la suma de $5.000 en concepto de honorarios. que me iran a decir los otros herederos? :?
si ven que no posteo mas es porque estoy en el hospital con todos los huesos rotos, ahora si ven que posteo y en todos los mensajes digo que me encanta esta profesion, o que feliz soy de ser abogado es porque me pagaron sin chistar.
luego les cuento como terminó la novela.
yo voy a aportar mi granito de arena, espero sirva de algo y no termine de confundir. Los honorarios por una sucesion van a depender en definitiva del valor del bien, cuanto mayor valor tenga el bien menor ha de ser el porcentaje a aplicar (que va del 11 al 20% del valor fiscal) asi que si la propiedad tiene un valor fiscal subvaluado aplica un porcentaje mayor y asi en más- Yo creo que los $5000 que les pasaste está perfecto es mas o menos lo estan cobrando, yo por una propiedad que tiene una valuacion fiscal de aproximadamente 160.000 pesos pase honorarios por el 15%.