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 #228221  por gmv
 
hola a todos mi consulta es la siguiente: En un daños y perjuicios voy por el demandante, doy traslado de demanda y el demandado contesta en el expediente. el juzgado le pide que de traslado de las excepciones que interpuso. Pasaron 2 meses y no llega ninguna cedula de dicho traslado. Que sancion se puede pedir? si no me presento y me notifico que el demandado contesto e interpuso excepciones caigo en caducidad? que puedo hacer? gracias.

 #228231  por Taneyev
 
Oye, el impulso procesal es carga de la actora en toda demanda. Si esperas
que la contraria te notifique,mejor hazlo sentado/a. Notifícate,retira copias y contesta. Y recuerda para el futuro. Tu cliente es quien quiere ganar el plieto y cuanto antes. Muévete

 #228240  por gmv
 
La verdad estaba especulando con la caducidad de la excepcion que me opusieron. pero muchas gracias por el consejo. lo pongo en practica ya mismo

 #228454  por diegogvillamayor
 
si vas por la actora nunca esperes que te llegue un traslado, notificate de todo vos.
Si jugas con la caducidad podes hacerlo pero perdes mucho tiempo.

cada uno elige.

saludos

 #228458  por mcfgdm
 
Tene cuidado porque si no dice notifíquese acordate que te notificas martes y viernes y ya esta perdido el plazo para contestar.

Tené en cuenta esto y lo que te contestaron antes.

Cecilia

 #228713  por gmv
 
Dice: Dese traslado de las excepciones a la contraria por el termino de 5 dias.

 #229072  por diegogvillamayor
 
vas, te notidicas, retiras tus copias y contestas dentro de los 5 dias.

saludos