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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #22769  por demonjus
 
la duda es la siguiente una clienta nacida en 1945 tiene 2 meses en rel de dependencia entre mayo y julio del 2005, yo le hice la moratoria por las dudas por 30 años y 3 meses.
¿la puedo enviar por internet? o ¿va por turno?

 #22775  por demonjus
 
aclaro, la pregunta es en funcion de que la vez pasada escudhe algo de que se pueden renunciar algunos aportes, ¿es cierto?

 #22904  por kishi
 
No entiendo porque le hiciste por 30 años y 3 meses... Se puede hacer la liquidación sin tener en cuenta esos dos meses de relación de dependencia, pero si o si, tenés que tener en cuenta el año 2005 para aplicar los años de Declaración Jurada (art.3), es decir que en vez de aplicar 7 años de DDJJ, tenés que aplicar solo 1 o 2 años (no recuerdo bien cuantos años, pero mirá la tabla de años), y luego podés enviar por INTERNET.
 #22906  por anya
 
demonjus escribió:la duda es la siguiente una clienta nacida en 1945 tiene 2 meses en rel de dependencia entre mayo y julio del 2005, yo le hice la moratoria por las dudas por 30 años y 3 meses.
¿la puedo enviar por internet? o ¿va por turno?
pero si nacio en el 45 tiene exced. de edad, tenes que comprarle menos en la moratoria, la rel. de dep. la podes ignorar, pero como dice kishi tenes que respetarla para aplicar la declar. jurada
 #22908  por anya
 
demonjus escribió:la duda es la siguiente una clienta nacida en 1945 tiene 2 meses en rel de dependencia entre mayo y julio del 2005, yo le hice la moratoria por las dudas por 30 años y 3 meses.
¿la puedo enviar por internet? o ¿va por turno?
pero si nacio en el 45 tiene exced. de edad, tenes que comprarle menos en la moratoria, la rel. de dep. la podes ignorar, pero como dice kishi tenes que respetarla para aplicar la declar. jurada