Hola,
La mediación susende la prescripción, por un año y por una sola vez, ahora bien, esto depende si se trata de una privada o pública. En el primer caso, se suspende desde que se intenta notificar la mediación, y opera contra a quél contra quien va dirigida. En el segundo, desde la fecha del sorteo de la mediación, y opera contra todos.
Lo único que interrumpe la prescripción, es el inicio de la demanda.
Tu pregunta en cuanto al plazo de dos años, es por el tema de la prescripción de la acción????? de ser así tomá los parámetros que mencioné, yo a la prescripción que tengo siempre le sumo un año más, el que gané con la mediación.
Es importante ver el tema de la interpretación de la suspensión de la prescripción ya que la jurisprudencia esta dividida, con lo que te recomiendo que tampoco tomes al pie de la letra esta regla.-
Espero no haberte complicado mucho,
saludos
catalina