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  • Pregunta de Novato

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #229433  por Doctor "V"
 
Ante todo me presento, soy un nuevo "forista", y, como es lógico además abogado; Tengo una duda respecto de la acreditación de honorarios. Es decir, me regularon en un alimento $850 (como parte demandada) y $1200 a la actora. Mi cliente es demandado no concurre a los dos audiencias, se hace una tercera, tampoco asiste y se llega a la demanda escrita. Concretamente: ¿yo tengo que pagar el 10% a la abogada, en concepto de jubilación y además cubrir mi aporte a la caja del 10 %? ¿Si mi cliente no paga las costas como esta ocurriendo no debo descontar mis ingresos brutos? Por ultimo si mi cliente paga mi parte nada mas, puedo no acreditar el pago en expediente, pero como es el paso en el caso que mi cliente me pagué a mi solamente? Debo depositarlo a la orden del Juzgado? Debo emitir un recibo? y acreditar el pago. En definitiva mi cliente obligado al pago de las costas cubre solamente mi parte, y quiero ser "bueno " y acreditar el pago en el expediente, como lo hago??

 #229899  por diegogvillamayor
 
hola, si tu cliente fue condenado a pagar las costas de todo el proceso, el debe pagar honorarios y aportes de los dos letrados.
Si te paga a vos solo los honorarios y los aportes no te preocupes acreditalo en el expt, y como una cuestion de etica profesional trata que le pague al otro abogado, pero si no lo quiere ahcer el otro letrado le iniciara la ejecucion correspondiente.

en cuanto a como acreditar los pagos,. cuando tu cliente te paga los honorarios le das una carta de pago, que es un escrito con el formato judicial comun, pero te presentas vos solo y decis que vengo por el presetne a manifestar que fulano de tal me ha abonado todos los honorarios regulados en tales autos, y lo firmas vos, una copia para el y otra peresentas en el expt.
Si te paga los aportes tambien pones en un punto aparte, vego por el presente a acreditar pago de aportes previsionales adjunto acompañando la correspondietne boleta o algo asi y acompañas la parte correspondiente de la boleta.
y enc uanto a IIBB lo mismo, si te los paga o los pagas vos, lo pones en el mismo escrito acompañando la boleta.

Ahora si no queres acreditar ningun pago es cuestion tuya.

saludos