hola foristas, pregunto por si alguien sabe de la situacion, en una sucesion (capital) en la que en principio consta un inmueble, se integran bonos por desaparicion de personas, ¿estos bonos (no sabemos cuanto es en dinero), devengan tasa de justicia?. De ser asi cuanto, porque por el monto, segun lo que me parece a mi, los beneficiario/herederos jamas van a poder obtener la transferencia porque carecen del dinero. Alguien podria darme alguna idea para beneficiar a mis clientes y que puedan tener acceso a ellos. una vez que obtengan el dinero es logico que le retengan eso o que los obliguen a pagar, pero antes, se les va a hacer imposible, y ese dinero va a estar por siempre donde se encuentra sin tener ningun tipo de acrecentamiento. Desde ya gracias.
Cysi
Cysi
"En esta vida...No hay tiempo que no se cumpla ni deuda que no se pague"