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 #229485  por berdi
 
Queria preguntarles que opinan sobre este tema. Tengo que iniciar un juicio de Escrituracion, el titular dominial esta muerto en el año 1905, tengo un par de boletos de compra venta simple que vendio un lote, y otros boletos que se siguieron vendiendo, y jamas se inicio juicio a fin de escriturar. los herederos jamas inscribieron o se ocuparon de los lotes en uno vive un cliente qie vive hace 50 años, y en el otro un usurpador en el año 94 realizazo una pequeña construccion dos paredes y una carpeta pero realizo los planos en la municipalidad sin acrceditar titularidad de ningun tipo y en el 95 desaparecio.

ahora que hago: para el que vive hace 50 años y para el otro que compro por boleto consecutivos por transferencia. Escrutiracion o Juicio por Usucpacion. que sea mas barato y rapido. muchas gracias ya que no tengo idea y tengo una laguna. :roll:
 #229515  por cristianlaplara
 
Una posibilidad es presentarte como tercero acreedor de dominio, y pedir que se autorice a los herederos a escriturar. Esto tiene la ventaja que no paga tasa de justicia porque la jurisprudencia a considerado que el inmueble salio del patrimonio del causante al momento del boleto. Tendrias que presentarte en la sucesion del titular registral. Saludos.-

 #229532  por berdi
 
si pero al tener boletos que no estan sellados no creo que ningun juez autorice la inscripcion. la verdad ahi esta la duda mayor. Como es una sucesion de 1905 como hago.
 #229534  por cristianlaplara
 
El sellado supongo que lo tenes que pagar, y la fecha cierta se adquiere con la muerte del vendedor o la del comprador. Eso tbien te sirve para una posible usucapion.

 #229535  por berdi
 
Gracias.

Si eso estaria bien para mi cliente que vive hace 50 años, pero para el que va a comprar el terreno que un usurpados construyo e hizo los planos, no se lo que me conviene que firme. Que te parece?

 #229789  por inmobiliare
 
hola haber si entiendo, tu cliente compro por boleto y vive hace 50 años all? en ese caso podes hacer escrituración ya que el boleto con posesion nunca prescribe. una usucapion seria muy costosa y larga.
El otro caso no lo comprendo pero si es usurpador todavia no te dan los años para usucapir ya que solo lo podria hacer por la de 20 años.

 #229790  por inmobiliare
 
el usurpador sigue viviendo alli. hace un desalojo, y que el que quiera comprar que lo haga por boleto

 #230166  por berdi
 
inmobiliare escribió:hola haber si entiendo, tu cliente compro por boleto y vive hace 50 años all? en ese caso podes hacer escrituración ya que el boleto con posesion nunca prescribe. una usucapion seria muy costosa y larga.
El otro caso no lo comprendo pero si es usurpador todavia no te dan los años para usucapir ya que solo lo podria hacer por la de 20 años.


A) El que vive hace 50 años compro por transferencias de boletos, simples entre partes, sin sellado, y sin certificar firmas. PUEDO HACER ESCRITURACION. FIJATE QUE EL TITULAR DOMINIAL MURIO Y NO TUVO HIJO EN EL 1905.

B) El otro compro al mismo que compro el de 50 años, pero con la diferencia que es solo un terreno una persona se metio un año y lo sacaron, pero en la muni hizo los planos y puso los impuestos a su nombre que solo un par de meses pago. El lote sigue vacio y sin poder habitar ya que no hay ni una habitacion para poder meterse. Y ESTE CASO ES IGUAL ES LA MISMA MANZANA. MISMO TITULAR DOMINIAL.

ESPERO QUE HAYA SIDO MAS CLARA, LO QUE PASA ES UN CASO COMPLICADO.

 #230506  por inmobiliare
 
en losdos casos podes hacer escrituracion, la muerte del titular otorga fecha cierta al boleto por el firmado, igual en ambos casos con boleto y posesion podes hacer escrituracion. el que estuvo ocupado si fue solo por un tiempo zafas ademas si ya lo sacaron. y los imp municipales no pueden estar a su nombre deben estar a nombre del titular fallecido. si el titular esta fallecido firmara el juez en su lugar

 #230515  por berdi
 
inmobiliare escribió:en losdos casos podes hacer escrituracion, la muerte del titular otorga fecha cierta al boleto por el firmado, igual en ambos casos con boleto y posesion podes hacer escrituracion. el que estuvo ocupado si fue solo por un tiempo zafas ademas si ya lo sacaron. y los imp municipales no pueden estar a su nombre deben estar a nombre del titular fallecido. si el titular esta fallecido firmara el juez en su lugar
Los impuesto municipales si estan a nombre del usurpador, pero figura que el titular es el verdadero, y al que va al domicilio postal a nombre del usurpador, y ademas hizo planos sin acreditar titularidad alguna.

Pero la verdad no estoy tan segura como hacer el juicio de escrituracion solo con boletos simples, y tan viejos.