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 #228361  por natalita
 
Hola a todos. les hago una preguntonta. estoy tramitando un laboral en el tribunal 2 de moron. la cèdula de traslado de la demanda esta a cargo de la actora. hago la cedula y la llevo al juzgado para que la sellen y la diligencien?? o solo la sellan y me la devuelven para que la diligencie yo??? ma maree. muchas gracias a quien me responda.

 #228371  por GU
 
Depende de si la demandada tiene domicilio en la misma jurisdiccion o lo tiene en otra.

Si esta en la misma jurisdiccion, dejas la cedula y la envia el juzgado.

Si esta en otra jurisdiccion, llevas la cedula, la sellas, y luego la llevas a la oficina de notificaciones de la jurisdiccion correspondiente.

Salutes!

 #228422  por natalita
 
muchisimas gracias gu! buen finde

 #228449  por diegogvillamayor
 
hola, estas segura que la cedula traslado de demanda la haces vos? mira que tuve varios casos ahi y el traslado siempre lo hicieron ellos.

saludos

 #229931  por natalita
 
si. pregunté en el juzgado y me dijeron que la confección de la cédula estaba a cargo de la parte actora (a diferencia de la mayoria de los juzgados donde la cédula sale por el juzgado). tengo que correr traslado del primer auto donde corre traslado de la demanda y fija audiencia, ademas en la misma cédula corro traslado de mi presentación porque el expediente fue iniciado por otro letrado que renunció.la primera audiencia es con fines conciliatorios??? como se desarrolla la misma? es mi primera aud laboral. gracias por responderme.

 #230110  por diegogvillamayor
 
hola, la 1 audiencia es conciliatoria pero no es obligacion que la otra parte valla, fijate si podes ubicar al letrado de la otra parte y anda negociando.

saludos