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  • URGENTE ART. 331 CPCC-AMPLIACIí“N DEMANDA-PREGUNTA

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 #230916  por julietita
 
colegas: Necesitaría saber si el art. 331 CPCC sólo autoriza a la ampliación de la demanda de hechos nuevos o la pretensión -por ej en cuanto al monto-, o también es aplicable para presentar prueba que no se presentó en la demanda, que a la fecha no está notificada.
Gracias

 #230955  por LUHER
 
Julietita: mientras la demanda no este notificada, vos podes agregarle la prueba que quieras, y hacerle todos los cambios que consideres necesario
Suerte Luher mdq

 #230987  por Taneyev
 
...pero nó tantos cambios, o tan sustanciales que impliquen en realidad formular una petición nueva y diferente.

 #230998  por julietita
 
Muchas gracias por las respuestas! sólamente es en cuanto a la prueba, es una demanda por filiación, no había testigos pero ahora habiendo presentado el día viernes la demanda, apareció uno así que era para ampliar esos puntos.
Muchas gracias

 #231009  por Sailaw
 
Mientras no esté integrada la litis, se puede hacer todo.