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  • Subrogación? honorarios?

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 #229380  por Fede Gonza
 
Estimados: Les hago una pregunta, y disculpen desde ya mi ignorancia. Concurrí a una audiencia de mediación, donde los requirentes (INQUILINOS) reclamaban indemnización por los DAÑOS supuestamente ocasionados a la PROPIEDAD (de la locadora, claro está). La porpietaria no se encontraba entre los requirentes y por ende no compareció a la audiencia. Mi clientes ofrecienron en pago $5000 por los daños, con la condición de que la propietaria concurriera a la próxima audiencia a ratificar el acuerdo y suscribir el acta. Cuando le pregunté a la mediadora sus honorarios, ella me dijo que le debía el 10% del monto del acuerdo. Veo ahora que la ley manda solo $300 por este monto. ¿que piensan, me cobró de más? Pueden subrogarse los inquilinos sin que se cite como lo manda el 111 CPCC? Si comparece la propietaria, debería tener representación legal? Todo comentario es bien venido.

 #231138  por catalina2008
 
Hola Fede,

Qué tal?,

No me queda claro que rol juega la propietaria, si es requerida o requirente.

Todas las personas citadas a la audienca de mediación, deben concurrir personalmente, salvo que se trate de ersonas jurídicas o estén domiciliadas a más de 150 Km. y con asistencia letrada.

En relación a los honorarios de la mediadora, los mismos se pueden "pactar libremente" sino se aplicará supletoriamente la escala del decreto 1465/07.

saludos

catalina