Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • retenciones bancarias - ingresos brutos

  • Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #197870  por mbe
 
Hola a todos!! tengo un problemita, que no se como solucionarlo... yo soy abogada, estoy inscripta en monotributo desde enero de 2008, pero no me di de alta en ingresos brutos.
A partir de marzo me parece me empezaron a descontar dinero de mi caja de ahorro del banco patagonia, en concepto de ingresos brutos. Hice el reclamo x la web en la pagina de arba, y me contestaron que la causa por la que me estan descontando esa plata, es porque tengo domicilio fiscal en AFIP declarado en Pcia. de Buenos Aires.
Pero en realidad es plata que me mandan mis papas x mes para poder vivir!!!!!!!! no tiene nada que ver con mi profesion!
de que manera tengo que hacer el reclamo?????? o esta bien que me descuenten?????

 #198323  por Reynaldo
 
Podrías reclamar mediante nota para que no te relicen más las rentenciones, pero... vos sabés que debés inscribirte en ingresos brutos, no? Lo más probable sea que tus reclamos no prosperen.

Solución rápida y fácil? Inscribite, presentás tus declaraciones juradas, si facturás te tomás esas retenciones a cuenta, si no facturás vas a tener un saldo a favor que en un par de meses harán que salgas de la lista de persona sujeta a retención. Y encima estás en regla con Rentas!!!

Saludos!
 #199669  por Dr.Araoz
 
Consulta los debito menciona SICAB CABA, al tener que estar inscripta en IB los bancos tienen la obligacion de actuar como agente de retencion por lo tanto por cada deposito en tus cuentas tienden a retener el importe que corresponde que varia entre el 1.5 por mil o algo por estilo segun los aportes

 #205499  por lunita_44
 
tengo el mismo problema, si estoy inscripta en arba.. y pago ingresos brutos.. pero como tengo una caja de ahorros en banco nacion de retienen de ahi tb.. el problema es q no todo lo q deposito en la cuenta es por mi profesion (alquilo un depto propio y me descuentan de ello).. creo q no deberia ser asi... hay solucion??

 #205684  por cecilias
 
Lunita
No se que podes hacer para demostrar que los ingresos de esa caja de ahorros provienen de ingresos exentos pero por lo pronto te diria que no te olvides de declararlos en el campo de ingresos exentos en la respectiva declaracion jurada.
Ademas si sos monotributista deberias tenerlos en cuenta al momento de determinar la categoria que te corresponde. Es comun que la Afip cruce la informacion bancaria con la categoria declarada y han estado controlando que esta se adecue a los ingresos bancarios.
Saludos,
 #231970  por veroks
 
hola a todos,
yo soy asociada a una cooperativa de trabajo domiciliada en cap fed por lo tanto estoy inscripta en el monotributo , pero mi domicilio personal esta en la prov bs as , los retiros me lo depositan en una cuenta corriente desde mayo aparece el item retencion IIBB, pero el tema es que la actividad "asociado a cooperativa" esta exento del impuesto tanto en capital federal como en prov bs as ...
que me sugieren que haga?
espero su respuesta gracias

 #232896  por docthos
 
Mira hace poco inicié un post con este mismo tema, te comento que hace poco tuve un caso así y encontre que han reformado la disposición normativa 1/04 art 473 si mal no recuerdo y como asumiste la calidad de contribuyente al tener el domicilio fiscal en la pcia (tambien se agrego la palabra asume en la reforma, antes solo hablaba de contribuyentes) por no tener las ddjj al día la alícuota a retener es del 30 x mil, busca en la pagina del arba estan todas las resoluciones, saludos!!!
 #351351  por InterMauri
 
Buenas Tardes...espero que anden bien ..Soy nuevo por aqui y les quería contar mi problema. Yo trabajo en relación de dependencia y le empresa para la cual trabajo me deposita mi sueldo en una CUENTA SUELDO DEL BANCO RIO QUE HAN CREADO PARA TAL FIN. De esto ya hace varios largos años.. Hasta ahí todo bien .....
Desde el mes pasado en mi cuenta he registrado una retencion que ARBA comenzo a realizarme. En el banco he reclamado pero me contestan que ellos no pueden intervenir y que haga el reclamo en ARBA OnLIne. He realizado mi reclamo en el día de hoy y me dieron una constancia que he guardado. Mi pregunta es: TENGO QUE PAGAR ESA RETENCION ???. Tengo entendido que de una cuenta sueldo no se tiene que realizar esa operacion. Les aclaro que no estoy inscripto en nada de nada y mi unica cuenta es esa. MI empresa me realiza los correspondiente descuentos por IMPUESTOS A LAS GANANCIAS y hay meses que obtengo una devolución. Pero esto es nuevo y nadie sabe nada en el banco Rio. Solo me comentaron que tal vez YO estoy figurando como monotributista o algo asi ...
Ustedes que opinan..???...son correctas las retenciones que Arba me realiza de buenas a primeras?????

Muchas gracias y espero que alguien me oriente...

Mauricio
 #353719  por yotebanco
 
Hola a todos,
Este impuesto se basa en una presunsión absolutamente irrazonable de que cada centavo que exceda a los ingresos de tu sueldo, son pasibles de IIBB. Es así como al amigo que tiene cuenta en el banco río, lo que en realidad le descontaron es calculado sobre los descuentos que se ganó en carrefour o cargando nafta los domingos, y sobre la devolución del iva. Un absoluto despropòsito. Así, la forista que recibe plata de sus padres para vivir, termina siendo sujeto pasivo de un impuesto que no le corresponde, invirtiendo en su contra la carga de la prueba por una presunción contra legem establecida por una norma de rango inferior.
Espero que sirva, Saludos
 #353729  por docthos
 
totalmente de acuerdo ademas no respetan ni el codigo fiscal porque a algunos solo por tener un domicilio fiscal en pcia ya le cobran!!!! y para que estan los articulos de iibb?
yotebanco escribió:Hola a todos,
Este impuesto se basa en una presunsión absolutamente irrazonable de que cada centavo que exceda a los ingresos de tu sueldo, son pasibles de IIBB. Es así como al amigo que tiene cuenta en el banco río, lo que en realidad le descontaron es calculado sobre los descuentos que se ganó en carrefour o cargando nafta los domingos, y sobre la devolución del iva. Un absoluto despropòsito. Así, la forista que recibe plata de sus padres para vivir, termina siendo sujeto pasivo de un impuesto que no le corresponde, invirtiendo en su contra la carga de la prueba por una presunción contra legem establecida por una norma de rango inferior.
Espero que sirva, Saludos
 #354140  por hugo2
 
Les cuento mi experiencia, vivo en provincia de buenos aires, en el mes de febrero me empezaron a retener de mi cuenta del banco comafi ingresos brutos cada vez que depositaba un cheque, me retuvieron mas de 400 pesos, envie un mail ( desde la pagina de arba ) diciendo que soy profesional, matriculado en el consejo profesional de la capital federal, indicando mi numero de matricula, me contestaron a los 10 dias haciendo lugar a mi reclamo y en marzo me reintegraron lo retenido.
 #354271  por diegus
 
Hola. Lamentablemente, y más allá de la indignación razonable planteada por algunos de los foristas, la única solución para estos casos es hacer el reclamo a ARBA, y probar que uno no es sujeto pasible de retención (de acuerdo a las circunstancias de cada caso en particular). Lo digo por propia experiencia, pues me retuvieron y tuve que hacer el reclamo.

No quiero ni pensar la cantidad de gente a la que están reteniendo sin corresponder, y que no se han dado cuenta aun.

Les sugiero:

1.- Estén muy atentos a cualquier tipo de modificación en sus cuentas sueldo, cajas de ahorro, etc. aunque sea por un importe mínimo (p.ej. 10, 20, 30 centavos) que les haya debitado el banco.

2.- Habiendo constatado que les han retenido, efectúen el reclamo correspondiente.

Saludos,

Diegus
 #384460  por danielmdq
 
hola amigoas hay que hacerles juicio a arba por ingresos brutos van a ver cuando les empiecen a llover los juicios se van a dejar de robar de esta forma les dejo una nota y fallo a fabor de un abogado de mardel
Por decisión judicial, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) deberá abstenerse de aplicar el sistema "Arbanet" para liquidarle a un abogado local los anticipos del pago del impuesto a los ingresos brutos.
El fallo, que corresponde al juez de ejecución penal Ricardo Pedichizzi, es el primero que se conoce en la provincia. Claro que la decisión alcanza a quien interpuso una acción de amparo por esta materia, pero igualmente crea un poderoso antecedente para casos similares, abarcando tanto a los responsables inscriptos como a los monotributistas que tributen cualquier monto.
Para dar a conocer aspectos del caso, LA CAPITAL dialogó con los abogados que presentaron el recurso que tuvo decisión favorable, Ricardo Waitzman y Osvaldo Basavilbaso.
Waitzman, que actuó de vocero, expuso que "el fallo es sumamente importante porque lo que se hizo fue atacar el nuevo sistema de recaudación implementado por ARBA, que se denomina Arbanet".
Y continuó: "En mi caso, el sistema consistía en que durante todo el período 2008 se me fue liquidando todos lo concerniente al impuesto a los ingresos brutos, y por distintas cuestiones, ya sea por retenciones o anticipos, me quedó un saldo a favor. Por el anterior sistema, ese crédito que queda a favor del contribuyente se imputa a los pagos que debe realizar en el siguiente año -es decir, 2009-".
"Sin embargo -enfatizó-, por el sistema de Arbanet esto no se puede realizar. Por eso, se sigue calculando y recalculando montos por ingresos brutos que ellos estiman que se debe pagar. Pero aún es peor que, si después de finalizar el año, queda un saldo a favor, Arba no devuelve el dinero, sino que hay que iniciar una acción de repetición (una demanda exigiendo el reintegro). Esto, a las claras, es una cuestión confusa, al punto tal que en la práctica se trata de la creación intempestiva de un nuevo impuesto".
Medida cautelar y decisión de fondo
Más adelante, Waitzman señaló que "por eso, junto con el doctor Basavilbaso, interpusimos un amparo, con el que se obtuvieron dos resultados. Primero, antes de dictar sentencia, se logró una medida cautelar, por la que se obligaba a ARBA a no aplicar en el caso presentado, el sistema de Arbanet. Esto determina que se vuelve al primer sistema de 'autoliquidación' (ARBA no estima lo que el contribuyente debe pagar, sino que se establece mediante la constancia del ingreso)".
"En segundo lugar -prosiguió-, a los cinco días el mismo juez Perdichizzi emite un fallo, que a pesar de no tratarse de un magistrado que atienda esta materia, resulta ejemplar. Lo importante es que establece la ilegalidad y arbitrariedad en la que ARBA calcula el tributo que debe realizársele. Interesa saber que es arbitrario porque no toma bases ciertas para realizar los cálculos, sino estimativas".
Posteriormente, Waitzman refutó el descargo que realizó la demandada, en cuanto a que el nuevo sistema es "más práctico y sencillo para el contribuyente". Por el contrario, el entrevistado señaló que "se probó que no es así. Uno de los motivos es que debí contratar un contador para que me dijera si lo que afirmaba ARBA era así o no. Igualmente, el juez de la causa tuvo que acudir a una pericia oficial, que fue la que determinó la certeza de las críticas que hacemos al sistema".
Y agregó que "nos ha llegado a nosotros la información de que éste es el primer fallo contra este sistema. Pero sabemos que el Colegio de Abogados de la Provincia está trabajando en una presentación similar y más general".