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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #232537  por natuback
 
Estimados:
Hace un tiempo leí en un tópico a algunos de ustedes comentando que la publicación de edictos es por días corridos y que se contaría la feria... No me queda claro. Me confirman si es así y, en su caso, de dónde surge???
Mil gracias,
Natalia

 #232551  por pablin
 
Los días de feria no se cuentan a los efectos de los "30 días", vale decir que, si publicaste el último día hábil judicial anterior a la feria, los 30 días serán 45 (día más, día menos).

Salu2, Pablín.

 #232732  por diegogvillamayor
 
es por dias corridos.

saludos

 #232850  por natuback
 
Como siempre, gracias por responder....
A mí me resultaba evidente que en la feria se suspenden los plazos, pero leí "se cuenta la feria"... por eso (sumado a mis ganas de que así fuera... jaja) quería chequear si de algún lado surge que la feria se contabiliza...
En fin... esperaré 15 días más....
Slds,
Natalia
 #372901  por alecasado
 
te digo lo que yo pienso... porque todo tiene una explicación...ç

el cpc dice que todos los plazos de días son hábiles (art. 156 CPC), a difrencia del CCiv.
ahora bien, el art. 734 habla de días y no de meses, por lo tanto son 30 días hábiles...
distinto es cuando habla de meses (ej. caducidad instancia) donde si se cuentan los inhábiles.-
igualmente creo que aplicando el art. 163 inc. 6 seg. parr del CPC, si el plazo se cumple cuando las actuaciones vuelven del fiscal, el plazo está cumplido de todos modos...

pero como siempre, ante la duda, esperá 15 días, sino presentalo igual y en el peor de los casos te despacharán el remanido cliché "previamente" ...