Hola a todos, les agradecere a quien pueda ayudarme en forma pronta.
La pregunta es : Se puede intimar a personas que tienen 50 años de dad y estan trabajando en reg especial de vidrio cuyos requisitos para jubilarse son de 50 edad y 25 servicios, para que se jubilen, en los terminos del art 252 de la LCT?
La pregunta es : Se puede intimar a personas que tienen 50 años de dad y estan trabajando en reg especial de vidrio cuyos requisitos para jubilarse son de 50 edad y 25 servicios, para que se jubilen, en los terminos del art 252 de la LCT?