por favor el dìa 29 de abril enviè una pregunta: Tengo un caso de una SRa. nacida en febrero /1946, ejerciò 13 años como maestra y 8 en relaciòn de dependencia, tiene aportes en los dos.-La pregunta es la puedo jubilar como maestra? , o por autònomos y le compro los años que le faltan por la ley 24.476.-Gracias.-
Si es de provincia tenés que iniciar en el IPS, respecto de lo otro fijate si te figuran en el SIJP, no puedo aportarte mucho mas salvo que donde mayor es la cantidad de aportes ahi es donde se jubila, si comprás por 24476 mas lo que tenes en el Sijp, estimo que será en Anses, y entonces si tenes como docente aportes de provincia pedi el reconocimiento y cuando te la manden inicias todo.
Pero esperá algun otro comentario.
