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  • TESTIGO DE ALLANAMIENTO

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 #234573  por Mari08
 
buenas tardes foristas!
hasta que momento puede negarse una persona a presenciar como testigo un allanamiento? es decir, la mera circunstancia de estar cerca del lugar en el q se va a practicar dicho allan. ya le genera la "carga pública" de ser testigo del mismo? esa terminología ("carga publica")fue la q utilizo el policia.

Muchas gracias!
 #234652  por N A T A L I A
 
Hola! La carga pública se le genera desde el mismo momento en que es solicitado por el funcionario policial para obrar como testigo del allanamiento. La terminología utilizada por el policía es la correcta (aunque usted no lo crea). :P
 #234661  por Mari08
 
y si la persona se quiere negar cuando es solicitado, porque en este caso era un medico q tenia q atender un caso urgente, no puede declinar tal carga pública?
gracias natalia!
 #234708  por Taneyev
 
Si,puede negarse explicando su imposibilidad de atender la diligencia por otro motivo
grave. Total, la cana vá a pescar a otro pobre infeliz que pase por ahí. Por eso, cuando
vean un auto patrulla o unos canas frente a una casa, crucen urgente a la vereda de enfrente
y caminen rapidito! Y recuerden que si alguna vez tienen que hacer un allanamiento en el
domicilio o el Estudio de un colega, debe estar presente un representante del Colegio.