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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #234773  por vholiva1
 
COMO ESTAN ??
LA VERDAD NECESITARIA ESCUCHAR OPINIONES:
TENGO UN JUZGADO ( CAPITAL) QUE APARENTEMENTE TRABAJA CON ALGUN CODIGO PRIOCESAL PROPIO..
TEMA : DESALOJO:
1.- EJECUTAN UN CONTRATO DE LOCACION DONDE EL LOCADOR JAMS FIRMO, Y SOLICITAN ART 684 BIS, ( desalojo antivcipado) OPONGO FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA, solciito se expida sobre este punto dado que de declararse inexistente el contrato de locacion automaticamente cae el juicio.
resulatdo me difieren el tratamiento de la oposicion planteda para la sentencia definitiva, ( no es tema de previo y especial pronunciamiento... opinan ... ) y le otorgan el desalojo anticipado BAJO CAUCION JURATORIA cuando el codigo es bien claro y requiere caucion real..

por supuesto que apele, pero ... creo que a estos juzgados en lo posible hay medio que borrarlos porque son los que generalemnte nos hacen parir. quedar mal con un cliente ... etc, etc, etc y encima los clientes te miranb como diciendo andaaa estudia o algo asi ..
mas alla de la apelacion sinceramente estoy preparando la denuncia para presnetarla en la camara por el aprtamiento total al codigo de rito..

escucho opiniones seran bienvenidas
gracias a todos
 #235194  por Parri
 
En principio este es el foro laboral, pero igual te doy mi opinión.
En segundo lugar ESPERÁ CUALQUIER COSA de los juzgados. (no de todos).
Por otra parte, por lo que contás hay INEXISTENCIA de contrato ESCRITO. Ya que para que exista contrato de locación debe de haber voluntad de partes. Ahora, el caso que vos planteás, la locataria no tendría ese titulo de locataria, ya que no tiene contrato. Por supuesto que tendrás recibos, etc y ahí hablaríamos de contrato tacito si se quiere.
Fue intimada previamente al desalojo?
Estas seguro que el locador no firmó ninguna copia?
Porque si la persona que inicia el desañlojo, tiene dominio pleno y encima el contrarto no está firmado, no veo que la actuación del juzgado haya sido errónea. Porque vos te basas en la falta de legitimación porque no está firmado el contrato. pero : presentaron copia de escritura de dominio? De ser así no veo falta de legitimación, esperemos otras opiniones!
 #235887  por vholiva1
 
gracias por tu opinion

no presentaron certificacioon de dominio
el juzgado bien calro dice " de acurdo al 648 bis debe prestar caucion juratoria" ( el 684 bis dice caucion real sin dar lugar a cdudas
gracias por tu opinion
 #235911  por DAL
 
HOla!!
Pusiste este hilo en casi todos los foros.
No creas que obtendrás mejores respuestas con esta metodología.
De hecho la mayoría de los foristas optan por ignorar a quienes incurren en estas practicas.
 #235947  por vholiva1
 
OK GRACIAS POR EL CONSEJO
PERO LO PUSE EN LABORAL Y EN CIVIL SOLO PARA VER SI RECIBIA RESPUESTAS - OPINIONES- PERO ALGUNAS LLEGARON - MUCHAS GRACIAS DE TODAS MANERAS
UN ABRAZO