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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #234771  por andi
 
Hola chicos, soy nueva en el foro, llegó una chica al estudio, haciendo una consulta sobre labora, no se mucho del tema por ello acudo a su auxilio. Esta chica trabajo cuatro años en negro para un comedor, hace un mes comenzo a recibir maltratos por parte de su empleador, hace una semana que ella no va a a trabajar, y ahora quiere saber si el le tiene q pagar algun tipo de indemnizacion por los aos de trabajo en negro. Que pasos debo seguir??
Cualquier ayuda enormemente agradecida.-
 #234820  por diegogvillamayor
 
hola intima regularice situacion labora, el tipico telegrama, denuncias fecha de ingreso, remuneracion y todo lo de costumbre, cuando niegan la relacion, esperas 1 mes y te das por despedida (esperas el mes para que corran las multas). Acordate de enviar el mismo tlc a afip.
Aca hay modelos si buscas.

saludos
 #234837  por andi
 
La chica no quiere volver a trabajar por los malos tratos que recibia, de igual manera debo remitir el telegrama?? o tengo otra opcion para arreglar la situacion??
 #234842  por andi
 
Puedo colocar en el telegrama que el la despidio de manera verbal.
 #234971  por matiassergio
 
Mas seguro es que intime por el adecuado registro de la relacion laboral. Tal como esta dada la situacion, no creo que el empleador proceda a realizar el mismo y habra un despido indirecto.
 #235161  por GU
 
No puede decir que la despidio de manera verbal e intimar por la 24.013, ya que la procedencia de esta depende de que la relacion laboral se encuentre vigente. Si denuncia el despido verbal, el trabajador esta reconociendo que la relacion esta terminada (solo quedaria reclamar por la 25.323)

Es un caso tipico de trabajo en negro. No hace falta que vaya a trabajar, ya que no pueden intimarla fehacientemente a que se presente a su puesto de trabajo porque implicaria reconocimiento de la relacion laboral. Por lo que sus ausencias no importan.

Envia TCL intimando a regularizar la relacion laboral en los terminos de la 24013 conforme los datos reales de la relacion (fecha de ingreso, sueldo, horario, tareas, etc) bajo apercibimiento de considerarte injuriada y despedida por su exclusiva culpa. Deja expresamente manifestado que la falta de contestacion al TCL en los plazos establecidos por ley (Art. 57 LCT) sera interpretado como negativa. De esta manera, no hace falta esperar los 30 dias sino contesta. Si te contesta, y te rechaza la relacion laboral, tampoco tenes que esperar los 30 dias. No te olvides la copia a la AFIP.

Saludos!
 #235336  por andi
 
Hoy estuve averiguando y un colega me dijo que aca en el Chaco si o si debo hacer denuncia ante el ministerio de trabajo, alguien sabria si esto es asi, porque estuve leyendo la ley de procedimiento laboral de la provincia y no dice nada al respecto. No quiero cometer error, por eso si hay alguien del Chaco que me lo pueda confirmar mil gracias.-