Hola colegas del foro! Tengo una duda, luego de llegar a una audiencia en el marco de un juicio de alimentos termine acordando con el abogado de la otra parte. El tema fue que por dos hijos de mi clienta arregle el 20% de los ingresos del demandado mas asignaciones familiares, y ahi mismo solicite que sean directamente mediante retencion de haberes solicitando desde luego el libramiento de los oficios al empleador del accionado, ah y otra cosa solicite que las asignaciones tambien las cobre directamente mi clienta. Digo esto último porque las asignaciones aún cuando el juez ya habia fijado provisoria durante el proceso, la cual incluyo las asignaciones, resulta que las mismas nunca eran depositadas por el empleador del alimentante. Entonces claro las estaba cobrando el accionado por su lado, por lo tanto solicite que se libre oficios a anses para que las asignaciones sean depositadas en una cuenta tal del banco tal a fin de que directamente las cobre mi representada, mi duda es la siguiente: No tengo ni idea si el tema de las asignaciones en la práctica funciona así, osea ni el abogado de la otra parte ni el secretario me hicieron problema con este tema, pero yo nose si mandando un oficio a anses para que las asignaciones se depositen en una cuenta tal realmente lo hagan. Me gustaria saber como funciona esto, muchas gracias a todos, y buen finde!.-
por lo que decis tu cliente no percibe suledo para que ella misma sea quien perciba las asignaciones, atraves de la liquidacion.
las asignaciones son aparte de los alimentos, las cobra alguno de los padres, pero son para el menor y se diferencia de el pago de cuotas de alimentos.-