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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #235725  por andi
 
Chicos se trata de una Srta, que trabajo cuatro años como moza en casa de comidas, como la relacion se volvio tensa ella no fue mas a trabajar, me aconsejaron en el foro que haga un telgrama intimando la registracion laboral, me lo podrian controlar.
Besos.

Dado la relación laboral que nos une desde el …………….., y siendo que ha hecho caso omiso a mis reclamos verbales, es que por intermedio del presente le intimo plazo de 48 horas proceda a abonarme los haberes correspondientes al mes de septiembre del corriente año y otorgue recibo de salarios en doble ejemplar- en el que conste la fecha de ingreso y remuneración-, acredite depósitos de aportes previsionales y de obra social, abone SAC y vacaciones adeudadas, bajo apercibimiento de que, en caso de silencio, respuestas negativas o evasivas a mis claros reclamos, considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa (Art. 246 LCT) Asimismo, intimo plazo treinta días proceda a regularizar la relación laboral haciéndome entrega de recibos de sueldos en doble ejemplar en donde conste mi fecha de ingreso......., en la categoría laboral...........................y con un salario mensual de ............................, bajo apercibimiento de que, en caso de silencio, respuestas negativas o evasivas a mis claros reclamos, considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa (Art. 246 LCT) y accionar por el cobro de despido arbitrario y de las multas contempladas en los art 8 y 15 de la ley 24013.
Por ultimo informo que, hasta tanto se de pleno cumplimiento a mis claras intimaciones hago retención de tareas (Art. 1201 Cód. Civil).-
 #235764  por VICTORIA2004
 
Hola! El telegrama me pareció perfecto!! La única observación: "vacaciones adeudadas". Si un trabajador no se tomó las vacaciones antes del 31 de mayo, pierde el derecho a gozarlas y a que se les paguen. Es decir, no son compensables en dinero. La única excepción a esta regla es cuando se produce la ruptura del contrato de trabajo; en este caso, se pagan las vacaciones proporcionales. Es sólo una opinión. Saludos!!
 #235768  por VICTORIA2004
 
Cobra por quincena la chica? Tiene que haber mora en el pago de los haberes. En cuanto a la acreditación del ingreso de aportes y contribuciones, tienen que existir dudas fundadas de su incumplimiento como para compeler al empleador, vigente el vínculo, a expedirse al respecto. Podrías agregar una oración que diga: "asimismo, existiendo serias sospechas que la falta de ingreso de aportes ..... intimo ....."
 #235770  por VICTORIA2004
 
fe de erratas: cuando digo "expedirse" me refiero a la entrega de constancias que acrediten el cumplimiento
 #235780  por dhabogada
 
Hola andi :) agrega que "intimo aclare situación laboral plazo 48 hs. bajo apercibimiento de considerarme despedido por su única y exclusiva culpa" :arrow:
Besos.
 #236237  por Osiris
 
Tene presente que por la ley 24013 debes notificar también a la AFIP. Ver texto de ley 24013.
Saludos
 #237216  por andi
 
Chicos cambien algunos detalles que me dijeron en el telegrama que les parece ahora. Otra pregunta la chica se desempañaba como moza en un restaurant, por las dudas saben cuanto es el salario que le corresponde, es del Chaco.-

Dado la relación laboral que nos une desde el …………….., y siendo que ha hecho caso omiso a mis reclamos verbales, es que por intermedio del presente le intimo plazo de 48 horas proceda a abonarme los haberes correspondientes al mes de Agosto del corriente año y otorgue recibo de salarios en doble ejemplar- en el que conste la fecha de ingreso y remuneración-, asimismo, existiendo serias sospechas de la falta de ingreso de aportes intimo acredite depósitos de aportes previsionales y de obra social, bajo apercibimiento de que, en caso de silencio, respuestas negativas o evasivas a mis claros reclamos, considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa (Art. 246 LCT) Asimismo, intimo plazo treinta días proceda a regularizar la relación laboral haciéndome entrega de recibos de sueldos en doble ejemplar en donde conste mi fecha de ingreso......., en la categoría laboral...........................y con un salario mensual de ............................, bajo apercibimiento de que, en caso de silencio, respuestas negativas o evasivas a mis claros reclamos, considerarme despedido por vuestra exclusiva culpa (Art. 246 LCT) y accionar por el cobro de despido arbitrario y de las multas contempladas en los art 8 y 15 de la ley 24013.
Por ultimo informo que, hasta tanto se de pleno cumplimiento a mis claras intimaciones hago retención de tareas (Art. 1201 Cód. Civil).-