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  • SUCESIONES ¿ QUE ACONSEJAN?

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 #236565  por abogado1987
 
Cristina D. escribió:Que es aconsejable hacer?
Declarar algun bien al iniciar o despues de la declaratoria?
Cristina D. , denuncio un bien al iniciar la sucesión ...
dictada la DH acompaño certificados, tasa de justicia, etc y pido se ordene la inscripción de los bienes que deseé mi cliente inscribir ...
 #236569  por Nico
 
Coincido con la opinión anterior. Nosotros hacemos igual: describimos la composición del acervo en el escrito de inicio y luego de tener la declaratoria empezamos los trámites específicos según los bienes que quieran inscribir o transeferir los herederos.
Suerte!!!
Nico
 #236683  por lunita_44
 
Yo siempre lo hago desp de la DDHH.. pero me puede ser mas seguro hacerlo antes como forma de prevencion.. ya q si el cliente desp se va con otro abogado.. o decide no hacer nada mas desp de la DDHH tenes una base para pedir regulacion de honorarios por lo actuado (en % a los bienes q denunciaste en el 1° escrito..)
 #236696  por abogado1987
 
lunita_44 escribió:Yo siempre lo hago desp de la DDHH.. pero me puede ser mas seguro hacerlo antes como forma de prevencion.. ya q si el cliente desp se va con otro abogado.. o decide no hacer nada mas desp de la DDHH tenes una base para pedir regulacion de honorarios por lo actuado (en % a los bienes q denunciaste en el 1° escrito..)
lunita_44, tené presente que tu cliente puede manifestar que solo tiene un bien inmueble - ej. depto de 1 ambiente, tramitás el sucesorio > DH > la inscribís > tu ciente te revoca el poder o sustituye tu patrocinio, y en el sucesorio denuncian nuevos bienes con nuevo patrocinio > el juzgado te va a citar y te va a regular honorarios por los nuevos bienes denunciados
 #237015  por elfala
 
bueno pero que documentacion hay que acompañar con el escrito de dda, es mi primer sucesion y les agradesere la ayuda
 #237023  por lunita_44
 
Si nombras los bienes en la demanda no acompañas nada respecto a ellos (si acompañas la partida de defuncion y las correspondientes para acreditar el vinculo).. desp de la DDHH si presentas los certificados de dominio y los titulos de los bs en cuestion, inhibiciones del causante, acreditas pago de tasa y sobretasa (con declaracion jurada de bs si es en pcia) ..y pedis la inscricion de DDHH o el tracto abreviado..