Anoche había respondido, pero se ve que apreté mal el botón...y no salió nada.
Supongo que se basan en la res. 2239.
De todas formas, estoy de acuerdo con vos, una RESOLUCIÓN no puede ir contra el código de fondo.
¿La supremacía de la leyes?... BIEN, GRACIAS.
Decile a tu cliente que se acerque a un "centro de servicios afip", y que pida la clave ahí.
http://www.afip.gov.ar/genericos/centrosDeServicios/
Lamentablemente, funciona así.
Saludos
Ale
res. 2239
NIVEL DE SEGURIDAD 3:
En este nivel de seguridad, la "Clave Fiscal"
se otorgará ante la presencia física del solicitante en una dependencia de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Agencia, Distrito, Aduana o centros de servicios) donde personal autorizado verificará la documentación y los datos biométricos (foto y/o huella dactilar) de la persona física que está solicitando la "Clave Fiscal" con el fin de demostrar su identidad.
La voluntad del solicitante de obtener una "Clave Fiscal" de este nivel podrá ser expresada a través de "Internet" o en forma personal en la dependencia de este Organismo,
pero en todos los casos se requiere la confirmación de identidad del solicitante a través de su presencia física en la dependencia.
El elemento de autenticación usado en este nivel de seguridad será una palabra clave (contraseña o "password") que el usuario ingresará al momento de solicitar su "Clave Fiscal" y, la que opcionalmente, será activada a través del uso de un código de activación que esta Administración Federal enviará por correo electrónico.
Te dejo las resoluciones.
RES 2239
http://infoleg.mecon.gov.ar/infolegInte ... /norma.htm
RES 1345
http://www.infoleg.gov.ar/infolegIntern ... texact.htm
http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/info ... NTACION_PF