Hola me podrian decir si se puede hacer una curatela de una persona con discapacidad estando la mama de 77 años, pero a nombre de la hermana????
Hola!
No, de acuerdo al art. 478 CCivil: "El padre o la madre son curadores de sus hijos solteros, divorciados o viudos que no tengan hijos mayores de edad, que puedan desempeñar la curatela" por lo tanto, de acuerdo a lo que vos describís, la curatela tiene que ser ejercida por la madre.
Espero te sea de utilidad.
Saludos!