QUE PASA CUANDO EL ACTOR PIERDE UN JUICIO LABORAL Y LAS COSTAS SON A SU CARGO , PUEDE SER EMBARGADO SU SUELDO DE OTRO TRABAJO POSTERIOR ,SU CASA-HABITACION , SU AUTO , ETC. ???
SI NO AFRONTA EL PAGO TENES QUE EJECUTAR LA SENTENCIA Y AHI PODES SOLICITAR SE OFICIE A LOS FINES DEL EMBARGO DE INMUEBLES, SUELDO O LO QUE FUERE PARA DICHO PAGO. Y LOS HONORARIOS TOO SON A SU CARGO, SINO LOS PAGAS DEBERAS HACER EJECUCION DE HONORARIOS Y TOO PODES EMBARGAR.
ESPERO TE SEA UTIL.
En Provincia el trabajador litiga con beneficio de pobreza. Esto, no impide que sea condenado en costas, pero sólo deberá cumplir en caso que mejore de fortuna.-
Pero si tiene otro trabajo que pasa ? , una casa , un auto , un trabajador puede tener una casa y un auto , no todos son pobres . Mi pregunta se refiere a eso le pueden embargar el sueldo , la casa y el auto para pagar los honorarios del juicio que perdio ? Gracias.
Sueldo y auto, sí.
La casa no, lo prohibe el art. 20 de la LCT.
Ahora si uds. tienen beneficio de litigar sin gastos, sería otra cosa.
Aca en SAnta Fe no existe esto para laborales.