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 #239452  por airis
 
HOLA MI NOMBRE ES ADRIANA, Y RECIEN EMPIEZO EN LA PROFESION, ME PRESENTAN UN CASO CON CD YA REALIZADAS, DONDE LA QUE SERIA LA CLIENTE MANDA CD A LA EMPRESA INTIMANDOLA POR SUSPENSION INJUSTIFICADA DE TRABAJA SEGUN LEY 12713, AUTODENOMINANDOSE TALLERISTA, PERO TAMBIEN DICE QUE NO PUEDE PAGAR LOS HABERES AL PERSONAL DEPENDIENTE. (HACEN CAMPERAS PARA UNA EMPRESA IMPORTANTE),ANTE ESTO LA EMPRESA LE CONTESTA QUE SEGUN LEY 25800, CONVENIO 177 OIT, NO ES TALLERISTA SINO QUE ES UNA EMPRESA QUE FACTURA, ETC., COMO LO DICE EN SU CD, Y QUE TAMBIEN ESTA ACEPTADO LA SUSPENSION TRANSITORIA SI SE EXPONEN LOS MOTIVOS, TODO BIEN, PARA MI (OJO QUE NO SE ESTE TEMA) HIZO MAL LA CD LA TALLERISTA, PERO AHORA QUE PUEDO HACER , SE PODRIA ENCUADRAR EN ALGUNA OTRA NORMATIVA, YA QUE EN ESTA ZONA HAY MUCHOS TALLERES QUE TRABAJAN DE ESTA FORMA . TIENEN ALGUNA OTRA FORMA DE DEFENDERSE, DISCULPEN ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR. DESDE YA MUCHAS GRACIAS.