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  • DUDA En UN PROCESO LABORAL

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #240173  por Dr Rop
 
hola foristas!!, si se contesta la demanda laboral, y luego presentan las pruebas, algunas ya mencionadas en la demanda y otras nuevas, hay que oponerse a las pruebas por escrito lo antes posible o se realiza en la audiencia de reconocimiento de pruenas?

GRACAISIAISI!!
 #240176  por evasusana
 
Si esto es capital tenes que oponerte a la prueba en tu contestacion de demanda o en su traslado segun vayas por actora o demandada Aca no existe la audiencia que decis Ahora cual es tu problema que hay pruebas que se ofrecieron dos veces ? Aclara un poco y deci si es capital o provincia
 #240180  por Dr Rop
 
gracias por tu respuesta!, es asi , ES CAPITAL,estoy por demandada, llego la demanda, sin copia de pruebas!! es decir solo por escrito en la misma demanda(en los hechos no hay PUNTO DE PRUEBAS), conteste, y ahora ofrecieron las pruebas, las que habian mencionado en la demanda y otras nuevas, es decir, no me pude oponer a las pruebas, es decir no ofrecieron en la demanda solamente las mencionaban en los hechos, lo que quiero saber es si puedo ahora o debo oponerme a las pruebas.?, no se ofrecieron dos veces, por ejemplo antes mencionabas los TLCs y ahora aparecieron.

GRACIAS
 #240186  por evasusana
 
vos no tenes traslado del traslado lo que va a pasar es que el juzgado abre a prueba y si ellos consideran alguna prueba inecesaria, irrelevante o repetida la rechaza directamente el Juzgado Lo que hizo la actora esta bien se puede ofrecer la prueba con la demanda o simplmenete mencionarla y despues con el traslado de la contestacion se puede ofrecer el resto de la prueba Especificamente que prueba de ello no te parece bien ?
 #240191  por Dr Rop
 
aparecio un folleto que nunca mencionaron, y me queria oponer, pero entonces espero a la audiencia y ah{i puedo hacer algo?
 #240197  por evasusana
 
no en la audiencia no podes hacer nada con respecto a ese folleto ellos tienen no solo en la demanda sino en el traslado la oportunidad de ofrecer prueba, en esta instancia el unico que puede rechazar prueba es el juzgado .En la audiencia no podes oponerte a la prueba documental a lo sumo en la prueba confesional podes pedir que se reconozca o no dicho instrumento
 #240300  por Dr Rop
 
Buenisimo! , gracias, es decir, ni siquiera me opongo o rechazo categoricamente el folleto o las demas pruebas, espero hasta la confesional y ahi mi cliente rechaza el folleto.?¡?