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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #239845  por fritzler
 
Mi pregunta es la siguiente:

En caso de arribar a un acuerdo con mi empleado, que se formalizará ante el ministerio de trabajo - delegación morón-, se deben entregar los recibos de sueldo por la suma que le correspondería cobrar en concepto del art. 245, mas alla que se haya negociado un monto menor. Lo ejemplifico con números:

Liq Final 1000
Liq art 245 15000

Esto es lo q le corresponde, sin embargo, llegó a un acuerdo con el trabajador por 10000 pesos. Los recibos deben contener lo que realmente le corresponde, y plasmar en el acuerdo q acepta diez mil, o estoy equivocado.

Espero opiniones.
 #240315  por lunita_44
 
En mi experiencia siempre lo hice conforme a la realidad: LO q en verdad se paga.. igualm yo si fuera abogado de la contraria tmp aceptaria q quieran poner lo q en verdad se debe..
asi q sin dudas a MI criterio se pone la verdad..
 #240317  por lunita_44
 
Sigo... lo q si se suele hacer (o he hecho yo) es q si ofrezco 10.000$ acompaño una liquidacion hecha por mi q de 10.000 no 15.000... asi queda como q se paga lo q a juicio del q paga de debe..