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Nuevo Foro para los amantes del Derecho Tributario. Saludos a la AFIP
 #240899  por gui
 
Mi consulta es la siguiente, que responsabilidad le cabe al que figure como autorizado segun formulario 3283, con respecto a la responsabilidad por deuda ajena, una persona me pide asesorìa con respecto a la responsabilidad que le cabe si firmò el formulario 3283 de la AfIp, es empleado de la empresa y se encuentra en negro y le pidieròn que firme el formulario para realizar tramites ante la AFIP, desde mi punto de vista puede ser responsable por deuda ajena segun la ley de procedimiento 11683, agradecerìa comentarios.
 #241071  por diegus
 
Hola. No sé en qué te fundás para considerar que por ser autorizado sería responsable por deuda ajena...

A mi parecer, no existe responsabilidad en ese sentido.

Saludos

Diegus
 #241388  por gui
 
Entonces consideras que en caso de incumplimiento por parte del mandante, no responderìa el mandatarìo, dado que es un poder el formulario citado con antelaciòn, quiza me equivoque, pero no considerò que en caso de firmar un poder, este desligado de todas las responsabilidades concernientes a las formalidades requeridas o a la elusiòn fiscal en su caso.
 #241894  por diegus
 
A mi parecer, en todo caso podría ser responsable por el eventual incumplimiento del mandato conferido, pero no en relación al tributo adeudado por el contribuyente.

Pegale una mirada a los artículos 5 a 9 de la Ley 11.683, por el tema de responsables.


Saludos,

Diegus